1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ORSINI/PAGUEGUY

Rol

O-594-2020

Fecha

30 de octubre de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos a probar los siguientes: HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Existencia de relación laboral entre las partes en los términos establecidos en el artículo 7 del Código de Trabajo, en la afirmativa, fecha de inicio, funciones desempeñadas, jornada pactada, naturaleza del vínculo, remuneración percibida. 2. Fecha, causas y circunstancias de la terminación de los servicios 3. Efectividad de adeudar la demandada al actor las siguientes prestaciones: a. Remuneraciones b. Feriado legal y/o proporcional. c. Cotizaciones de seguridad social. En la afirmativa, monto y períodos que se adeudan CUARTO: Que la parte demandante incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Presentación de reclamo por despido injustificado puesto ante la Inspección del trabajo, fecha 29 de mayo de 2019, de la trabajadora Rossana Carla Maria Orsini, RUT: 26.834.608-2. 2. Acta comparendo de conciliación de la Inspección del trabajo de fecha 28 de junio de 2019, de la trabajadora Rossana Carla Maria Orsini, RUT: 26.834.608- 2. 3. Solicitud de Afiliación AFC CHILE S.A., de fecha 21 de agosto de 2019, de la trabajadora ROSSANA CARLA MARIA ORSINI, RUT: 26.834.608-2. 4. Certificado de cotizaciones de AFP PROVIDA S.A., de fecha 16 de agosto de 2019, de la trabajadora Rossana Carla Maria Orsini, Rut: 26.834.608-2. CONFESIONAL: La parte demandante solicita que se haga efectivo el apercibimiento del artículo 454 N° 3 del Código del Trabajo, debido a la incomparecencia de la demandada doña Bernarda Elvira Pagueguy Álvarez. QUINTO: Que no habiendo contestado la demandada el Tribunal ejercerá la facultad contemplada en el inciso séptimo del artículo 453 N° 1 del Código del Trabajo y tendrá por tácitamente admitidos los siguientes hechos: Que entre la demandante y demandada se celebró un contrato de trabajo con fecha 31 de enero de 2019 al 17 de mayo del 2019, esto es 3 meses y 17 días, cuyas funciones eran como mucama y con una remuneración por la suma de $650.000. Que el demandado puso término a

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña ROSANA CARLA MARÍA ORSINI, empleada, RUT: 26.834.008-3, domiciliada en Agustinas N°1442, departamento 209, Comuna de Santiago, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana quien interpone demanda de declaración de relación laboral, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales en contra de su ex empleadora doña BERNARDA ELVIRA PAGUEGUY ALVAREZ, RUT:12.465.002-K, ignoro profesión u oficio, domiciliado en calle Mosqueto N°419, Comuna y Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, a fin de que: a.- Se declare que entre doña BERNARDA PAGUEGUY ALVAREZ, RUT: 12.465.002-K, y la suscrita existió relación laboral desde el 31 de enero de 2019 al 17 de mayo del 2019, esto es 3 meses y 17 días. b.- Que el demandado puso término a su contrato de trabajo en forma abusiva, sin justificación alguna de manera verbal, con fecha 17 de mayo del 2019. c.- Se declare por la nulidad del despido de que fue objeto y se condene a la demandada a enterar las cotizaciones adeudadas en la AFP MODELO, FONASA Y AFC CHILE, y las remuneraciones que se devenguen hasta la convalidación del despido. d.- Se declare que el despido del que fue objeto es injustificado, y como consecuencia de lo anterior, se condene a doña BERNARDA PAGUEGUY ALVAREZ, RUT: 12.465.002-K, al pago de las siguientes sumas, o las que se estime en derecho, por los conceptos que detalla: 1.- $650.000.- por concepto de remuneraciones correspondientes a 30 días del mes de abril del 2019, o la suma que se estime conforme a derecho y los antecedentes que se proporcionen en autos; 2.- $368.333, por concepto de remuneración correspondiente a 17 días del mes de 2019, o la suma que se estime conforme a derecho y los antecedentes que se proporcionen en autos; 3.- $139.969.- por concepto de Feriado legal y Proporcional, correspondiente a 4,46 días hábiles, dando 6,46. días corridos a un valor diario de $21.667, o la suma que se estime conforme a derecho y los antecedentes que se proporcionen en autos; 4.-Las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en su contrato de trabajo a consecuencia de la nulidad del despido, por no pago de cotizaciones previsionales de su periodo trabajado, (31 de enero a 17 de mayo del 2019), desde la fecha de su separación, esto es, desde el día 17 de mayo de 2019 en base a una remuneración de $650.000, hasta la convalidación de éste en conformidad con el artículo 162 del Código del Trabajo; 5.-El pago de dichas sumas conforme a los reajustes legales correspondientes, señalado en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. 6.-Las costas de la causa. Sobre las condiciones pactadas sostiene que serían las siguientes. Con fecha 31 de enero de 2019 comienza a prestar servicios para su ex empleadora como Mucama, dicho trabajo lo realiza hasta el día del despido, esto es, el día 17 de mayo del 2019. Remuneración mensual : $650.000 (seiscientos cincuenta mil pesos). Esta remuneración estaba compuesta por los siguientes ítems: sueldo liquido mensual

Fallo

Por lo expuesto pide tener por interpuesta demanda en procedimiento de ordinario en contra de doña BERNARDA PAGUEGUY ALVAREZ, RUT: 12.465.002-K, de quien ignora profesión u oficio, domiciliada en Huérfanos Nº547, Comuna de Santiago, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y en mérito de lo expuesto, solicita se acoja la presente demanda declarando: a.- Que entre doña BERNARDA PAGUEGUY ALVAREZ, RUT: 12.465.002-K, y la suscrita existió relación laboral desde el 31 de enero de 2019 al 17 de mayo del 2019, esto es 3 meses y 17 días. b.- Que el demandado puso término a su contrato de trabajo en forma abusiva, sin justificación alguna de manera verbal, con fecha 17 de mayo del 2019. c.- Se declare la nulidad del despido de que fue objeto y se condene a la demandada a enterar las cotizaciones adeudadas en la AFP MODELO , FONASA Y AFC CHI LE , y las remuneraciones que se devenguen hasta la convalidación del despido. d.- Se declare que el despido del que fue objeto es injustificado, y como consecuencia de lo anterior, se condene a doña BERNARDA PAGUEGUY ALVAREZ, RUT: 12.465.002-K, al pago de las siguientes sumas, o las que se estime en derecho, por los conceptos que detalla: 1.- $650.000 por concepto de remuneraciones correspondientes a 30 días del mes de abril del 2019, o la suma que se estime conforme a derecho y los antecedentes que se proporcionen en autos; 2.- $368.333, por concepto de remuneración correspondiente a 17 días del mes de 2019, o la suma que se estime conforme a

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago SANTIAGO TREINTE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña ROSANA CARLA MARÍA ORSINI, empleada, RUT: 26.834.008-3, domiciliada en Agustinas N°1442, departamento 209, Comuna de Santiago, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana quien interpone demanda de declaración de relación laboral, nulidad del despido y cob

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