ALEJANDRO EMILIANO MUÑOZ LABRAÑA C/ ALEXIS JUAN VIDAL LEIVA
Rol
O-218-2020
Fecha
8 de octubre de 2020
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 9, 12 N°16, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 24, 25, 26, 28, 50, 68, 68 bis, 69, 432, 436 inciso primero, 439 y 456 bis N°3 del Código Penal; y 1, 36, 45, 47, 295, 296, 297, 309, 323, 333, 340, 341, 342, 344, 348, 395, 396 y 397 del Código Procesal Penal; y artículos 3, 4 y 5 de la Ley SXTVRPZMNS Araceli Alejandra Perez Gonzalez Juez de garantía Fecha: 08/10/2020 16:31:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Juzgado de Letras y Garantía de Mulchén Calle Villagra N° 047, Mulchén, fono (43) 2561353 - (43) 2562183. Correo electrónico jlyg_mulchen@pjud.cl. 18.216, e Instrucciones de Pleno de la Excma. Corte Suprema sobre la forma y contenido de las sentencias dictadas por los Tribunales de la Reforma Procesal Penal se declara que: I.-Se acoge el requerimiento y se condena a ALEXIS JUAN VIDAL LEIVA, Cédula Nacional de Identidad N° 14.298.939-5, en su calidad de autor del delito de conducción en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el inciso segundo del artículo 196, en relación con lo dispuesto en los artículos 110 de la Ley 18.290, en grado de consumado, cometido el 01 de agosto de 2019, en esta ciudad, a la pena de pena de SESENTA Y UN días de presidio menor en su grado mínimo, pena de multa un tercio unidad tributaria mensual, suspensión de licencia de conducir por el término de cinco años, y a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que reuniéndose los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley N° 18.216, se sustituye la pena temporal impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, debiend
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 9, 12 N°16, 14 N°1, 15 N°1, 18, 21, 24, 25, 26, 28, 50, 68, 68 bis, 69, 432, 436 inciso primero, 439 y 456 bis N°3 del Código Penal; y 1, 36, 45, 47, 295, 296, 297, 309, 323, 333, 340, 341, 342, 344, 348, 395, 396 y 397 del Código Procesal Penal; y artículos 3, 4 y 5 de la Ley SXTVRPZMNS Araceli Alejandra Perez Gonzalez Juez de garantía Fecha: 08/10/2020 16:31:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Juzgado de Letras y Garantía de Mulchén Calle Villagra N° 047, Mulchén, fono (43) 2561353 - (43) 2562183. Correo electrónico jlyg_mulchen@pjud.cl. 18.216, e Instrucciones de Pleno de la Excma. Corte Suprema sobre la forma y contenido de las sentencias dictadas por los Tribunales de la Reforma Procesal Penal se declara que: I.-Se acoge el requerimiento y se condena a ALEXIS JUAN VIDAL LEIVA, Cédula Nacional de Identidad N° 14.298.939-5, en su calidad de autor del delito de conducción en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el inciso segundo del artículo 196, en relación con lo dispuesto en los artículos 110 de la Ley 18.290, en grado de
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Juzgado de Letras y Garantía de Mulchén Calle Villagra N° 047, Mulchén, fono (43) 2561353 - (43) 2562183. Correo electrónico jlyg_mulchen@pjud.cl. Individualización de audiencia de procedimiento simplificado. Fecha Mulchén, ocho de octubre de dos mil veinte Magistrado ARACELI ALEJANDRA PÉREZ GONZÁLEZ Fiscal JUAN ACEVEDO CIFUENTES Defensor MELISSA ESTER RIQUELME BERNALES Hora inicio 10:56 AM Hora
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