DÍAZ/EMPRESA RED SECURITY SPA
Rol
M-50-2020
Fecha
26 de octubre de 2020
Materia
Costas, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además los dispuesto en los artículos 453, 454, 456, 499, 500 y 501 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don PAOLO ANDRÉS DÍAZ CISTERNAS, en contra de la EMPRESA RED SECURITY SPA. y CENCOSUD RETAIL S.A., solo en cuanto, se condena solidariamente a las referidas demandadas, al pago de las siguientes prestaciones: 1.-Al pago de la suma de $462.416., por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.- Al pago de la suma de $75.690., por concepto de feriado proporcional. II.- que se rechaza la demanda en lo que dice relación con el pago de las remuneraciones de los meses de octubre y noviembre del año 2019. III.- Que se condena en costas a las demandadas, las que se regulan en la suma de $100.000.- Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por don RODRIGO DIAZ FIGUEROA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad La Serena. Las partes quedan notificadas de lo resuelto en audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además los dispuesto en los artículos 453, 454, 456, 499, 500 y 501 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don PAOLO ANDRÉS DÍAZ CISTERNAS, en contra de la EMPRESA RED SECURITY SPA. y CENCOSUD RETAIL S.A., solo en cuanto, se condena solidariamente a las referidas demandadas, al pago de las siguientes prestaciones: 1.-Al pago de la suma de $462.416., por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.- Al pago de la suma de $75.690., por concepto de feriado proporcional. II.- que se rechaza la demanda en lo que dice relación con el pago de las remuneraciones de los meses de octubre y noviembre del año 2019. III.- Que se condena en costas a las demandadas, las que se regulan en la suma de $100.000.- Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por don RODRIGO DIAZ FIGUEROA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad La Serena. Las partes quedan notificadas de lo resuelto en audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes.
Texto Completo (Preview)
ACTA CONTINUACION AUDIENCIA UNICA FECHA 26 DE OCTUBRE DE 2020 RUC 20-4-0247452-2 RIT M-50-2020 MAGISTRADO RODRIGO PATRICIO DIAZ FIGUEROA ADMINISTRATIVO DE ACTAS PATRICIO VARGAS AGUIRRE SALA 2 HORA DE INICIO 09:20 HORA DE TERMINO 10:30 Nº REGISTRO DE AUDIO 2040247452-2-1337 PARTE DEMANDANTE PAOLO ANDRÉS DÍAZ CISTERNAS ABOGADO MARITZA CORTES CORTES PARTE DEMANDADA PRINCIPA
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