MP C/ IGNACIO ANDRÉS IBARRA HERRERA
Rol
O-21-2020
Fecha
5 de octubre de 2020
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN., ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos son constitutivos de los delitos de ROBO EN LUGAR HABITADO, tipificado en el artículo 440 Nº 1 del Código Penal en relación al artículo 432 del mismo cuerpo normativo, en grado de consumado, y del delito de ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO, tipificado en el artículo 443 del Código Penal, en grado frustrado, correspondiéndole al acusado, en ambos ilícitos, la participación en calidad de autor, pues ha tomado parte de manera inmediata y directa en la ejecución del hecho, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 Nº 1 y 15 Nº 1 del Código Penal. Sostiene el acusador que respeto del delito de robo en lugar habitado le perjudica la agravante prevista en el artículo 12 N°16 y respecto del ilícito de robo en bienes nacionales la agravante del artículo 12 N°15 del mismo cuerpo legal, sin que lo beneficie atenuante alguna, solicitando que en definitiva que se le condene a las penas de DIEZ AÑOS DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO para el delito de robo en lugar habitado y 540 DÍAS DE PRESIDIO GJXBRXXPZG Paola Antonieta Hidalgo Benavente Juez oral en lo penal Fecha: 05/10/2020 14:47:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 3 MENOR EN SU GRADO MÍNIMO para el delito de robo en bienes nacionales de uso público, y respecto de ambos las accesorias legales correspondientes, costas de la causa y registro de huella genética respecto del primer delito. TERCERO: ALEGACIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO. Alegatos de apertura Ministerio Público; indicó que se ha acusado al imputado por dos hechos distintos, el primero un delito de robo habitado en donde la víctima dice que sorprende al acusado saltando e
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: INTERVINIENTES. Que, con fecha 30 de septiembre del año dos mil veinte, ante este Tribunal Oral en lo Penal de San Felipe, conformado por sus jueces titulares Alejandra Araya Fuentes, como presidente de sala, Rodrigo Cortés Gutiérrez, como integrante, y Paola Hidalgo Benavente, como redactora, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral, la que se efectúo vía remota y fue seguida en contra de IGNACIO ANDRÉS IBARRA HERRERA, cédula de identidad N°18.853.501- 1, nacido en San Felipe el 25 de octubre de 1994, 25 años de edad, sin oficio, domiciliado en Papa Anastasio III, casa N°360, Villa Juan Pablo II, San Felipe. Por su parte, el Ministerio Público estuvo representado por el fiscal Sr. Rodrigo Zapata Cuellar y la Defensa a cargo del defensor licitado Carlos Gutiérrez Yáñez; ambos con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. SEGUNDO: ACUSACIÓN. HECHO N°1 “El día 21 de enero del año 2019, aproximadamente a las 10:45 horas, el acusado Ignacio Andrés Ibarra Herrera, ingresó vía escalamiento del cierre perimetral al inmueble ubicado en Abraham Vera N° 375, de la comuna de San Felipe, lugar habitado por la víctima Jeff Louigene y su grupo familiar, para proceder a su registro y luego sustraer 01 teléfono celular marca Samsung Galaxy, color negro; 01 teléfono celular marca LG, color negro; GJXBRXXPZG Paola Antonieta Hidalgo Benavente Juez oral en lo penal Fecha: 05/10/2020 14:47:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 01 computador portátil marca Dell, color gris; 01 par de audífonos color blanco, serie N° ST- 1097; la suma de $50.000.- en dinero efectivo y una mochila de color negro, especies con las que saltó hacia el exterior del inmueble, siendo en ese momento observado por el afectado quien lo siguió sin poder darle alcance, huyendo el acusado con las especies. Posteriormente y siendo aproximadamente las 13:15 horas, el afectado se percató que en las inmediaciones transitaba el acusado, por lo que logra su reducción, verificando a la llegada del personal policial que aquel mantenía consigo parte de las especies sustraídas, en particular los audiófonos color blanco, serie N° ST-1097, especie reconocida por la víctima, por lo que se procedió a su detención”. HECHO N°2 “El día 05 de febrero del año 2019, aproximadamente a las 04:30 horas, el acusado Ignacio Andrés Ibarra Herrera, llegó hasta el frontis del inmueble ubicado en Cajales N° 15, de la comuna de San Felipe, momento en el cual procedió a fracturar el vidrio del sector del conductor del vehículo PPU RL-6718, introduciendo parte de su cuerpo extrayendo desde su interior 01 silla
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 12 N°15, 14, 15 N°1, 24, 30, 47, 50, 67, 68, 69, 442, 443 y 449 del Código Penal; artículos 295, 296, GJXBRXXPZG Paola Antonieta Hidalgo Benavente Juez oral en lo penal Fecha: 05/10/2020 14:47:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 23 297, 340, 341, 342, 343, 344, 346 del Código Procesal Penal, y demás normas legales pertinentes se declara: I.- Que, SE ABSUELVE al acusado IGNACIO ANDRÉS IBARRA HERRERA, cédula de identidad N°18.853.501-1, en lo demás ya individualizado en audiencia, de los cargos que le fueran atribuidos por el Ministerio Público en calidad de autor del delito de robo en lugar habitado previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal, supuestamente cometido en esta jurisdicción el día 21 de enero del año 2019. II.- Que, de contrario, SE LE CONDENA a la pena de cuatrocientos días de presidio menor en su grado mínimo, y a las accesorias legales de suspensión de cargos u oficios público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito frustrado de robo con fuerza e
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1 MINISTERIO PÚBLICO C/ IBARRA HERRERA IGNACIO ANDRÉS DELITO ACUSADO: ROBO EN LUGAR HABITADO Y ROBO CON FUERZA EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO. DECISIÓN: ABSOLUCION ROBO EN LUGAR HABITADO/CONDENA EN ROBO CON FUERZA EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO RIT: 21-2020 RUC: 1900135817-3 San Felipe, cinco de octubre del año dos mil veinte. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: INTERVINIENTES. Que,
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