FRUTICOLA Y EXPORTADORA ATACAMA LTDA/INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO DE VICUÑA
Rol
I-3-2020
Fecha
23 de octubre de 2020
Materia
Costas, Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos no discutidos: 1. Efectividad de haber incurrido la reclamante en la infracción atribuida por la Inspección del Trabajo mediante resolución Nº 99888/2020/4-2. 2. Efectividad de haberse corregido en forma oportuna y completa la conducta atribuida por el servicio administrativo. CUARTO: Que, en la audiencia de juicio, la demandante rindió la siguiente prueba: Documental: 1) Copia de contratos de trabajo de contratistas de Servicios Agrícolas Patricia Pastén SpA. 2) Copia de reinducción de Procedimiento seguro de trabajo, labores de packing de fecha 16 y 20 de enero de 2020. 3) Copia de resolución Nº 018 de fecha 26 de marzo de 2020 y acta de notificación. 4) Exhibición del expediente de fiscalización, vinculado a la resolución reclamada. QUINTO: Que, en la audiencia de juicio, la demandada rindió la siguiente prueba: Documental: 1) Carátula de informe de fiscalización, fiscalización N° 0406.2020.25. 2) Informe de exposición, fiscalización N° 0406.2020.25. 3) Resolución de multa N° 9898/2020/4 de fecha 29 de enero de 2020 cursada por doña la fiscalizadora Viviana Rivera Zamora. 4) Activación de fiscalización de fecha 15 de enero de 2020. 5) Formulario FI-2, antecedentes verificados en la fiscalización. 6) Solicitud de recurso administrativo de fecha 4 de marzo de 2020, incluye nota adjunta de la empresa Frutícola y Exportadora Atacama Ltda. 7) Informe de accidente, emitido por Atacama Frutícola y Exportadora. 8) Acta de visita de organismo administrador, ACHS, de fecha 15 de enero de 2020. 9) Verificación de medidas de organismo administrador, ACHS, de fecha 16 de enero de 2020. 10) Reinducción, procedimiento seguro de trabajo de labores de packing, de fecha 16 de enero de 2020. 11) Registro de capacitación impartida al personal, control de cortes y heridas de fecha 08 de enero 2020. 12) Registro de capacitación impartida al personal, uso de caminos internos, de fecha 08 de enero 2020. 13) Registro de capacitación impartida al personal, uso de equi
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Andrés Gatica Gutiérrez, abogado en representación de Frutícola y Exportadora Atacama Ltda., sociedad del giro de su denominación, domiciliada en Fundo Maitencillo S/N, comuna de Vicuña, quien deduce reclamo judicial en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Vicuña, representada por doña Patricia Rodríguez Parra, ignora profesión u oficio, en su calidad de Inspectora Comunal del Trabajo de Vicuña, por la dictación de la resolución Nº 018 de fecha 26 de marzo de 2020, que rechazó solicitud reconsideración de multa Nº 9898/2020/4-2 de fecha 29 de enero de 2020, cursada por la funcionaria fiscalizadora doña Viviana Rivera Zamora, todos con domicilio en O’higgins Nº 573, comuna de Vicuña. Solicita que se deje sin efecto la resolución de reconsideración de multa dictada por la Inspección del Trabajo, argumentando que la fiscalizadora doña Viviana Rivera Zamora, desarrolló el procedimiento de fiscalización Nº 04/06/20/25 en dependencias de la empresa con fecha 29 de enero del presente, luego su representada fue notificada con fecha 3 de febrero de 2020 de la dictación de la resolución de multa Nº 9898/2020/4-1-2, que se detalla en: resolución 9898/20/4-1, 60 UTM por $2.980.380, por no mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias y resolución 9898/20/4-2, 60 UTM por $2.980.380, por no vigilar la empresa principal el cumplimiento que corresponde a las empresas contratistas y subcontratistas sobre las medidas de seguridad y prevención en el trabajo. Indica que en presentación de fecha 4 de marzo de 2020, solicitó al Director del Trabajo reconsiderar la aplicación de las sanciones, dejando sin efecto la referida resolución de multa, por adolecer de evidentes errores de hecho, en subsidio rebajarla al mínimo aplicable. Mediante resolución Nº 018 de 26 de marzo de 2020, la Inspección Comunal del Trabajo de Vicuña acogió la solicitud de rebaja respecto de la primera infracción, pero rechazó la solicitud respecto de la segunda, manteniendo la multa en todas sus partes. Refiere que respecto a la multa Nº 9898/2020/4-2 según consta en actas de charlas de seguridad, su representada con fecha 16 y 20 de enero de 2020 informó a todos los trabajadores que se desempeñan en el Packing Maintencillo, dependientes del contratista Servicios Agrícolas Patricia Pastén SpA, sobre los riesgos que entrañan las labores que ejecutarán, las medidas de control y de prevención que constan en el Derecho a Saber y los Procedimientos. Continua afirmando que es imposible que el 29 de enero de 2020, fecha de la fiscalización, se pueda haber constatado la infracción señalada, puesto que ésta se encontraba corregida, a lo menos, doce días antes, por lo que al momento de la fiscalización, la supuesta infracción se encontraba corregida en plenitud, por lo que no corresponde cursar multa alguna. Explica que constatada una infracción cometida en el pasado, y si ésta se encuentra subsanada por la e
Fallo
En mérito de lo expuesto, y de lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 503 y siguientes del Código del Trabajo, artículos 18, 23, 29 inciso 1° y 31 del D.F.L. N°2 de 1967 Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo, SE RESUELVE: I.- Que se RECHAZA la reclamación interpuesta por Frutícola y Exportadora Atacama Ltda. II.- Que no se condena en costas, por haber existido motivo plausible para litigar. RIT I-3-2020 Resolvió doña SAMANTHA BLANCO GUZMAN, Juez Titular del Juzgado de Letras de Vicuña.
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Vicuña, a veintitrés de octubre de dos mil veinte. VISTOS, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Andrés Gatica Gutiérrez, abogado en representación de Frutícola y Exportadora Atacama Ltda., sociedad del giro de su denominación, domiciliada en Fundo Maitencillo S/N, comuna de Vicuña, quien deduce reclamo judicial en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Vicu
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