Juzgado de Garantía de Diego de Almagro.

VERONICA ELENA ROJAS GUARINGA C/ MICHAEL JONATHAN OVALLE OVALLE

Rol

O-404-2020

Fecha

28 de septiembre de 2020

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El 8 de marzo de 2020, a las 06:00 horas aproximadamente, el imputado Michael Jonathan Ovalle Ovalle, ingresó al domicilio de su ex conviviente Verónica Elena Rojas Guaringa, ubicado en Portal del Inca Casa 14-A, de El Salvador, a quien insultó, tomándola fuertemente de los brazos, logrando la victima zafarse, instante en el cual Ovalle Ovalle, arrojó en el rostro de Rojas Guaringa, un coche de plástico, ocasionándole “herida en parpado superior izquierdo”, de carácter leve. Entre el imputado y la víctima, a la fecha de los hechos, existió una relación de convivencia, de los cuales hay 4 hijos en común, de nombres Justin Maikol; Ágata Estrella, Yomara Angelina y Jazmine Elena todos ellos de apellidos Ovalle Rojas. b.- Calificación jurídica: Los hechos constituyen el delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, prescrito y sancionado en el artículo 399 del Código Penal en relación al Art 5 de la Ley 20.066. Se le atribuye participación en calidad de autor(a) y grado de desarrollo consumado. c.- Circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal. Concurre la circunstancia modificatoria de la responsabilidad penal, del Art 12 N° 16 del Código Penal. d.- Antecedentes: JNXXRNGXCS Pablo Alberto Flores Prieto Juez de garantía Fecha: 02/10/2020 15:08:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 1.- Parte de denuncia N° 75-20, de fecha 8 de marzo de 2020, de la 4ta Comisaria de Carabineros, y documentos anexos, que dan cuenta del procedimiento adoptado por personal policial. 2.- Acta de declaración voluntaria de la víctima Verónica Elena Rojas Guaringa. 3.- Informe de

Fundamentos

considerando que el requerido cumple con los requisitos que establece el artículo 8 de la Ley 18.216, debiendo presentarse en el CCP de Gendarmería de Chañaral, para su cumplimiento. Una vez se incorpore informe de factibilidad técnica, podrá cumplir la pena o el saldo de ella, en su domicilio, debiendo presentarse en el CRS de Gendarmería de Copiapó OCTAVO: Que, con respecto a las costas, efectivamente con la admisión de responsabilidad del requerido(a) se ha ahorrado un juicio y un mayor costo para el Estado, por lo que se le eximirá del pago de las costas de la causa. Y teniendo también presente lo que disponen los artículos 1, 7, 14, 15, 24, 25, 49 y 70 del Código penal; 340, 388, 393, 394, 395 del Código procesal Penal; y 1 y siguientes de la Ley 18.216,

Fallo

fallo y ponderar los antecedentes reunidos durante la investigación que lleva el fiscal, como asimismo la carga de desvirtuar la presunción de inocencia por parte del Ministerio Público, por lo que el Tribunal tiene como hechos de la causa los señalados en el requerimiento. TERCERO: Que, en estos hechos el(la) requerido(a) tuvo participación en calidad de autor(a), calificados por el Tribunal en concordancia con el Ministerio Público y con el acuerdo de la defensa, que no hizo objeción en cuanto a la calificación jurídica del ilícito, participación y grado de desarrollo como constitutivos de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, prescrito y sancionado en el artículo 399 del Código Penal en relación al Art. 5 de la Ley 20.066, en grado de desarrollo consumado. CUARTO: Que, el Ministerio Público señaló la concurrencia de la(s) circunstancia(s) atenuante(s) del artículo 11 N° 9 del Código Penal, por la admisión de responsabilidad en este procedimiento, y agravante del artículo 12 N°16 por reincidencia. QUINTO: Que, la defensa, estuvo de acuerdo con la calificación jurídica y pena requerida, solicitando se considere la circunstancia atenuante de JNXXRNGXCS Pablo Alberto Flores Prieto Juez de garantía Fecha: 02/10/2020 15:08:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano estable

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RUC : 2000271643-8 RIT : 404 - 2020 MATERIA : LESIONES MENOS GRAVES VIF IMPUTADO(A) : MICHAEL JONATHAN OVALLE OVALLE RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Diego de Almagro, veintiocho de septiembre de dos mil veinte. VISTO, OÍDOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Diego de Almagro, en causa RUC 2000271643-8 RIT 404 - 2020, ha comparecido e

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