NICOLAS ALBERTO LEIVA MORALEDA C/ TOMÁS JOEL SOTO PAVEZ
Rol
O-1045-2020
Fecha
15 de septiembre de 2020
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos acreditados 18 de febrero de 2020 Nicolás Mora Leiva en Recoleta. DECISIÓN DEL TRIBUNAL: Por tales consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 12 N°16, 15 N°1, 30, 432, 436, 439 y 449 del Código Penal; artículos 297, 340, 348, 406 y siguientes, y 468 del Código Procesal Penal; artículo 17 de la ley 19.970, se declara que: I.- Que se condena a TOMÁS JOEL SOTO PAVEZ, cédula de identidad 20.981.290-8, a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, y de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de robo con intimidacion, previsto y sancionado en el inciso primero del artículo 436 del Código Penal, cometido en la comuna de Recoleta el 18 de febrero de 2020. II.- Que no se concede al sentenciado pena sustitutiva alguna, debiendo cumplir la pena privativa de libertad de manera efectiva, sirviéndole de abono al efecto los 210 días que permaneció en prisión preventiva en estos autos, entre el 18 de febrero de 2020 y esta fecha. III.- Que se exime del pago de las costas al sentenciado. IV.- Que se decreta el comiso de las especies incautadas, autorizándose su destrucción. Determínese la huella genética del condenado, previa toma de muestras biológicas, e inclúyase en el Registro de Condenados. Ejecutoriado el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT 1045 - 2020 RUC 2000190043-K SWSJRNFZET KATHERINNE ISABEL ROMAN DELFABBRO Juez de garantía Fecha: 02/10/2020 17:03:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 ho
Fallo
se declara que: I.- Que se condena a TOMÁS JOEL SOTO PAVEZ, cédula de identidad 20.981.290-8, a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, y de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de autor del delito de robo con intimidacion, previsto y sancionado en el inciso primero del artículo 436 del Código Penal, cometido en la comuna de Recoleta el 18 de febrero de 2020. II.- Que no se concede al sentenciado pena sustitutiva alguna, debiendo cumplir la pena privativa de libertad de manera efectiva, sirviéndole de abono al efecto los 210 días que permaneció en prisión preventiva en estos autos, entre el 18 de febrero de 2020 y esta fecha. III.- Que se exime del pago de las costas al sentenciado. IV.- Que se decreta el comiso de las especies incautadas, autorizándose su destrucción. Determínese la huella genética del condenado, previa toma de muestras biológicas, e inclúyase en el Registro de Condenados. Ejecutoriado el presente fallo, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT 1045 - 2020 RUC 2000190043-K SWSJRNFZET KATHERINNE ISABEL ROMAN DELFABBRO Juez de garantía Fecha: 02/10/2020 17:03:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada co
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Resumen de sentencia dictada en audiencia de procedimiento abreviado FECHA: quince de septiembre de dos mil veinte IMPUTADO: TOMÁS JOEL SOTO PAVEZ, R.U.N. 20.981.290-8 Hechos acreditados 18 de febrero de 2020 Nicolás Mora Leiva en Recoleta. DECISIÓN DEL TRIBUNAL: Por tales consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 12 N°16, 15 N°1, 30, 432, 436, 439 y 449 del Códi
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