MINISTERIO PUBLICO C/ NICOLAS LOPEZ RAMIREZ
Rol
O-383-2020
Fecha
30 de septiembre de 2020
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 13 de enero de 2020 en horas de la tarde, mientras la víctima de iniciales M.C.N. de 14 años de edad se encontraba en el sector de playa El Laucho tomando fotografías con su teléfono celular marca Samsun modelo J4 de color gris, sorpresivamente fue abordado por el imputado Nicolás López Ramirez, quien le sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño el teléfono señalado huyendo con la especie en su poder siendo seguido por un transeúnte que se encontraba en el lugar, quien logró darle alcance hasta la llegada de personal policial, pudiendo recuperar la víctima su teléfono.” A juicio del Ministerio Público los hechos señalados configuran el delito consumado de robo por sorpresa del artículo 436 inciso 2° del Código Penal y le corresponde participación a título de autor. Consulta de admisión: El acusado, debidamente informado de sus derechos, acepta los hechos de la acusación, los antecedentes de la investigación y el procedimiento abreviado. Sentencia. Juicio abreviado. XYPXRNGJLR Juan Gustavo Araya Contreras Juez de garantía Fecha: 02/10/2020 13:57:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 7°, 11 N° 9, 12 N° 16, 14, 15, 18, 21, 30, 50, 68, 432 y 436 inciso 2° del Código Penal; y 1°, 4°, 36, 342, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena a Nicolás López Ramírez, cédula de identidad N° 24.538.967- 1, ya individualizado, como autor del d
Fallo
se declara: I.- Que se condena a Nicolás López Ramírez, cédula de identidad N° 24.538.967- 1, ya individualizado, como autor del delito consumado de robo por sorpresa, castigado por el artículo 436 inciso 2° del Código Penal, cometido en Arica el 13 de enero de 2020, a las penas de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas. La pena corporal se cumplirá en forma efectiva a continuación de la que actualmente purga y sin solución de continuidad, sirviéndole de abono los treinta y cinco días que estuvo privado de libertad en esta causa. Regístrese y dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de la sentencia, por lo que ella queda ejecutoriada. Orden de ingreso. Quedan sin efecto las medidas cautelares. Archívese en su oportunidad. RUC 2000051135-9 RIT 383-2020 Dirigió la audiencia y dictó sentencia don JUAN GUSTAVO ARAYA CONTRERAS Juez Titular del Juzgado de Garantía de Arica. XYPXRNGJLR Juan Gustavo Araya Contreras Juez de garantía Fecha: 02/10/2020 13:57:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insul
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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, treinta de septiembre de dos mil veinte Magistrado JUAN GUSTAVO ARAYA CONTRERAS Fiscal IVANIA RIVERA PALLERO Defensor RICHARD SALAZAR PAVEZ Tipo de Audiencia PROCEDIMIENTO ABREVIADO Hora inicio 13:05 Hora termino 13:24 Sala 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2000051135-9-992-200930-00-13 - PABR JAC LCR RIT 383 20 Acta LCR RUC 2000051135-9 RIT 3
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