Juzgado de Garantía de Curacaví

CARABINEROS DE CHILE C/ ENRIQUE ALBINO ZÚÑIGA ÁLVAREZ

Rol

O-40-2020

Fecha

1 de octubre de 2020

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 13.11.2019, a las 23:45 horas aproximadamente, a la altura del kilómetro 23 de la ruta G-730 de la comuna de María Pinto, el imputado ENRIQUE ALBINO ZUÑIGA ALVAREZ, fue sorprendido por funcionarios de Carabineros, conduciendo en estado de ebriedad el vehículo PPU RR-1160, circunstancia que pudieron percibir los funcionarios policiales por el fuerte hálito alcohólico, rostro cogestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar que presentaba el imputado al ser controlado. Practicado el examen respiratorio, este arrojó como resultado 1.81 g/l de alcohol en la sangre, en tanto, la alcoholemia realizada por el SML señaló que , en definitiva, el imputado desempeñaba la conducción del vehículo con 1.96 g/l de alcohol en la sangre. Curacaví, uno de octubre de dos mil veinte.- Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 No. 9, 14, 15, 25, 30, 67, y siguientes, todos del Código Penal; artículos 388, 389, 390, 393 y siguientes y 407 del Código Procesal Penal; artículos 110, 196, de la Ley de Tránsito Nº 18.290, artículos 1 y 4 de la Ley No. 18.216, SE DECLARA: I.- Que, se condena a ENRIQUE ALBINO ZÚÑIGA ÁLVAREZ, ya individualizado; en su calidad de autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, contemplado en el artículo 196, 110 de la Ley No. 18.290, sobre Tránsito, cometido en THPMRNCXYM ALVARO ENRIQUE MARDONES BARRIA Juez de garantía Fecha: 02/10/2020 09:30:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 esta jurisdicción el día 13 de noviembre de 2019, en Curacaví, a la pena de SETENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO

Fallo

SE DECLARA: I.- Que, se condena a ENRIQUE ALBINO ZÚÑIGA ÁLVAREZ, ya individualizado; en su calidad de autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, contemplado en el artículo 196, 110 de la Ley No. 18.290, sobre Tránsito, cometido en THPMRNCXYM ALVARO ENRIQUE MARDONES BARRIA Juez de garantía Fecha: 02/10/2020 09:30:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 esta jurisdicción el día 13 de noviembre de 2019, en Curacaví, a la pena de SETENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, multa a beneficio fiscal de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, para cuyo pago de conceden tres cuotas iguales mensuales y sucesivas de un tercio de unidad tributaria mensual pagadera a partir de los últimos cinco días del mes siguiente a aquél en que la presente sentencia se encuentre irme y ejecutoriada y accesoria especial de SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR CINCO AÑOS. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye para el sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo

Texto Completo (Preview)

1 RUC : 1901228351-5 RIT : 40 - 2020 NOMBRE IMPUTADO : ENRIQUE ALBINO ZÚÑIGA ÁLVAREZ CEDULA DE IDENTIDAD : 0009916432-8 FISCAL : NICOLAS CONTRERAS SARRAS DEFENSOR : CAMILO CEREÑO GONZALEZS TRIBUNAL : Juzgado de Garantía de Curacaví FECHA DE SENTENCIA : uno de octubre de dos mil veinte TIPO DE RESOLUCIÓN : Sentencia de Procedimiento Simplificado ATENUANTE : Artículo 11 N° 9 del Código Penal, por su

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica