LUIS ROBERTO HERNANDEZ RICARDI C/ FELIPE ESTEBAN CLAVERÍA CASTRO
Rol
O-2500-2020
Fecha
29 de septiembre de 2020
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 02 de febrero de 2020, a las 19:00 horas aproximadamente, frente al domicilio ubicado en calle Calbuco N° 209 de la comuna de Llanquihue, el requerido, FELIPE ESTEBAN CLAVERÍA CASTRO, amenazó de forma seria y verosímil a la víctima, LUIS ROBERTO HERNÁNDEZ RICARDI, diciéndole: “Que te pasa viejo culiao, llega más calmado, te voy a pegar y matar”, provocando en el ofendido el temor de ser agredido, en atención al contexto en que estos hechos ocurren y su condición de adulto mayor. Puerto Varas, a veintinueve de septiembre de dos mil veinte. I.- Que SE CONDENA a FELIPE ESTEBAN CLAVERÍA CASTRO, Cédula de Identidad N°0015709704-0, domiciliado en Calle Osorno Nº126, Llanquihue, fono: 937160609, por su responsabilidad como autor del delito consumado de AMENAZAS, a LUIS ROBERTO HERNANDEZ RICARDI, ocurrido el 02 de febrero de 2020 en la comuna de Llanquihue, previsto y sancionado en Art. 296 Nº3 del Código Penal, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS DE PRISION EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y accesorias de Art. 298 del Código Penal por UN AÑO. II.- Que cumpliendo los requisitos del art. 8° de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado la pena privativa de libertad impuesta por RECLUSION DOMICILIARIA PARCIAL, por igual termino que la pena privativa de libertad, sustituyéndose bajo la modalidad de reclusión nocturna consistente en el encierro en el domicilio del condenado ubicado en Calle Osorno Nº126, Llanquihue, entre las 22:00 horas de cada día y las 06:00 horas del día siguiente, que cumplirá con control de Carabineros de Llanquihue, lo que se coordinará con el CRS de Puerto Montt, bastando que se remita la copia del acta a dicha unidad de Gendarmería, comunicando el control a Carabineros desde que quede ejecutoriada la sentencia. XKZQRMZBWV Ximena Cristina Bertin Pugin Juez de garantía Fecha: 30/09/2020 17:54:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN
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SENTENCIA DEFINITIVA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO 1.- Los Hechos: El día 02 de febrero de 2020, a las 19:00 horas aproximadamente, frente al domicilio ubicado en calle Calbuco N° 209 de la comuna de Llanquihue, el requerido, FELIPE ESTEBAN CLAVERÍA CASTRO, amenazó de forma seria y verosímil a la víctima, LUIS ROBERTO HERNÁNDEZ RICARDI, diciéndole: “Que te pasa viejo culiao, llega más calmado, te
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