MP C/ IGNACIO ENRIQUE MALDONADO RIVAS
Rol
O-26-2020
Fecha
30 de septiembre de 2020
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El 21 de julio de 2019 a las 07:30 horas, el acusado Ignacio Enrique Maldonado Rivas, ingresó al domicilio ubicado en calle Pino Sur N°01311 comuna de San Bernardo, para lo cual utilizó un tarro de basura, subiéndose a este y traspasando la reja perimetral del domicilio, para una vez al interior sustraer especies, instante en el que la víctima y propietario Sergio Arévalo Uribe, sorprendió al acusado al interior de su casa el cual al verlo intenta huir siendo detenido por la víctima, quien da cuenta a carabineros.” A juicio del Ministerio Público tales hechos son constitutivos del delito de robo con fuerza en lugar habitado o destinado a la habitación previsto y sancionado en el artículo 440 n° 1 del Código Penal en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal, el cual se encuentra en grado de desarrollo frustrado, teniendo el acusado la calidad de autor. Indica que respecto de Maldonado Rivas concurre la circunstancia agravante de responsabilidad penal del artículo 12 n° 16 del código sustantivo. MARCELA ANDREA MIRANDA CORNEJO Juez Redactor Fecha: 30/09/2020 16:41:31 MARITZA PAMELA CAMPOS CAMPOS Juez Presidente Fecha: 30/09/2020 16:48:05 MXWCRMCWDW AZENETH JOQUEBED AGUILAR NAVARRO Juez Integrante Fecha: 30/09/2020 18:26:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Por tales
Fundamentos
considerando: Primero: Que, con fecha veinticinco de septiembre del año en curso ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo, integrado por las magistrados doña Maritza Pamela Campos Campos, en calidad de Presidenta de sala, doña Azeneth Aguilar Navarro, como tercer juez integrante, y doña Marcela Miranda Cornejo, en calidad de redactora, se llevó a cabo la audiencia de juicio oral en causa R.I.T: 26-2020, R.U.C: 1.900.775.468- 2, acción penal ejercida por el delito de robo con fuerza en lugar habitado o destinado a la habitación, en contra de Ignacio Enrique Maldonado Rivas, C.I: 10.563.359-9, chileno, soltero, nacido el 12 de febrero de 1966, 54 años a la fecha, feriante, domiciliado en Pasaje Angostura n° 0606, población Tejas de Chena, de la comuna de San Bernardo. La acción penal la sostuvo el Ministerio Público representado por el fiscal don Luis Tapia Ronda, mientras que la defensa del acusado fue ejecutada por la Defensora Penal Pública doña Karen Cerón Acuña, todos con domicilio y forma de notificación ya registrados en este tribunal. Segundo: Que, la acusación de la que versó este juicio se basa en los siguientes hechos: “El 21 de julio de 2019 a las 07:30 horas, el acusado Ignacio Enrique Maldonado Rivas, ingresó al domicilio ubicado en calle Pino Sur N°01311 comuna de San Bernardo, para lo cual utilizó un tarro de basura, subiéndose a este y traspasando la reja perimetral del domicilio, para una vez al interior sustraer especies, instante en el que la víctima y propietario Sergio Arévalo Uribe, sorprendió al acusado al interior de su casa el cual al verlo intenta huir siendo detenido por la víctima, quien da cuenta a carabineros.” A juicio del Ministerio Público tales hechos son constitutivos del delito de robo con fuerza en lugar habitado o destinado a la habitación previsto y sancionado en el artículo 440 n° 1 del Código Penal en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal, el cual se encuentra en grado de desarrollo frustrado, teniendo el acusado la calidad de autor. Indica que respecto de Maldonado Rivas concurre la circunstancia agravante de responsabilidad penal del artículo 12 n° 16 del código sustantivo. MARCELA ANDREA MIRANDA CORNEJO Juez Redactor Fecha: 30/09/2020 16:41:31 MARITZA PAMELA CAMPOS CAMPOS Juez Presidente Fecha: 30/09/2020 16:48:05 MXWCRMCWDW AZENETH JOQUEBED AGUILAR NAVARRO Juez Integrante Fecha: 30/09/2020 18:26:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Por tales motivos solicita se aplique a Ignacio Maldonado Rivas, la pena de diez años de presidio mayor en su grado mínimo, accesorias legales, comiso de especi
Fallo
por tanto el tiempo que transcurrió entre el día de supuesta perpetración y la fijación del sitio del suceso que realizó. Motivos por los cuales es desestimada. Décimo: Que, de esta forma los elementos que componen el ilícito por el cual se dirigió la acción no han sido probados en este juicio. En el proceso penal, la actividad probatoria de los intervinientes busca lograr la verificación de las proposiciones de hecho que fundan sus peticiones, según sean las respectivas teorías, siendo la fuerza persuasiva de la prueba de cargo la que debe llevar a las sentenciadoras a tomar su decisión de absolución o condena. La incertidumbre, entonces, es lo que caracteriza a los hechos propuestos al comienzo del proceso como pretensiones de verdad, incertidumbre que se mantuvo, toda vez que no fue posible establecer la dinámica propuesta por el persecutor. MARCELA ANDREA MIRANDA CORNEJO Juez Redactor Fecha: 30/09/2020 16:41:31 MARITZA PAMELA CAMPOS CAMPOS Juez Presidente Fecha: 30/09/2020 16:48:05 MXWCRMCWDW AZENETH JOQUEBED AGUILAR NAVARRO Juez Integrante Fecha: 30/09/2020 18:26:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 10 C
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1 Tribunal Oral en lo Penal de San Bernardo. R.I.T: 26-2020. R.U.C: 1.900.775.468- 2 San Bernardo, treinta de septiembre de dos mil veinte. Visto, oído y considerando: Primero: Que, con fecha veinticinco de septiembre del año en curso ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo, integrado por las magistrados doña Maritza Pamela Campos Campos, en calidad de Presidenta de
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