CARAB DE CHILE C/ JUAN ANTONIO MELLA SANTANDER
Rol
O-943-2020
Fecha
29 de septiembre de 2020
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: el día 24 de mayo del año en curso personal policial de la 63ª comisaria de Curacaví, efectuaban un patrullaje preventivo por Cuyuncavi con Javiera Carrera, instantes que sorprendieron 02 individuos los cuales transitaban por dicha avenida en horario de toque de queda, solicitándoles sus cedulas de identidad identificándolos como ADA BELEN FILOMENA CAILLET MENDOZA y JUAN ANTONIO MELLA SANTANDER a quienes se les consulto los
Fundamentos
motivos porque transitaban en horario de estado de excepción constitucional toque de queda, o si mantenían salvo conducto para desplazarse en este horario, quienes manifestaron no mantener salvo conducto ,por lo que siendo las 00:15 horas se procedió a su detención.- Curacaví, veintinueve de septiembre de dos mil veinte. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos, 1, 3, 5, 7, 11 N° 6, N° 9, 14 N° 1, 15 N°1, 18, 21, 25, 49, 67, 69, 70 y 318 del Código Penal y artículos 1, 8, 47, 295, 297, 340, 342, 388, 392, 395 y 398 del Código Procesal Penal.
Fallo
SE DECLARA: XYMVRMFEPT NATALIA EKATERINA LILLO CUEVAS Juez de garantía Fecha: 30/09/2020 14:42:22 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 I.- Que se acoge el requerimiento interpuesto por el Ministerio Público, y en consecuencia, se condena a JUAN ANTONIO MELLA SANTANDER, Cédula Nacional de Identidad N° 17.579.104-3 y ADA BELÉN FILOMENA CAILLET MENDOZA, Cédula Nacional de Identidad N° 16.339.645-9, ya individualizados, como autores del ilícito contra la salud pública previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 24 de mayo de 2020, al pago de una multa de 1 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL cada uno de ellos. II.- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal, para el evento de que el presente fallo adquiera el carácter de ejecutoriado, SE DISPONE LA SUSPENSIÓN DE LA PENA IMPUESTA Y SUS EFECTOS, POR EL PERIODO DE SEIS MESES. Si al cabo de dicho periodo los sentenciados no son objeto de un nuevo requerimiento o formalización de la investigación, se dejará sin efecto esta resolución y, en su reemplazo, se decretará el sobreseim
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1 RUC : 2000522538-9 RIT : 943 - 2020 NOMBRE IMPUTADO : JUAN ANTONIO MELLA SANTANDER CEDULA DE IDENTIDAD : 0017579104-3 NOMBRE IMPUTADO : ADA BELÉN FILOMENA CAILLET MENDOZA CEDULA DE IDENTIDAD : 0016339645-9 FISCAL : NICOLAS CONTRERAS SARRAS DEFENSOR : CAMILO CEREÑO GONZALEZ TRIBUNAL : Juzgado de Garantía de Curacaví FECHA DE SENTENCIA : veintinueve de septiembre de dos mil veinte TIPO DE RESOLUCI
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