Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

LORCA/YSG TECNOLOGÍA Y SEGURIDAD Y OTRO

Rol

M-520-2019

Fecha

22 de octubre de 2020

Materia

Asignación familia, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos indicados en el libelo, se omita el trámite de recepción de la causa a prueba y se dicte sentencia definitiva.

Fundamentos

Fundamentos constan en registro de audio. - El Tribunal Resuelve. - Atendido el mérito de autos, se omite la recepción de la causa a prueba y se procede a dictar y notificar la sentencia definitiva, en forma inmediata. En cuanto a lo solicitado por la abogada de la parte demandante, déjese su resolución para definitiva. El Tribunal ordena un receso a fin de resolver. Dictación y Notificación de la Sentencia. Se reanuda la audiencia y se procede a la dictación y notificación de la sentencia. Se deja constancia que, el registro íntegro de la sentencia, se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en razón de lo dispuesto en Acta 71-2016, de la Excelentísima Corte Suprema. Valparaíso, a veintidós de octubre de dos mil veinte VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1.698 del Código Civil, 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 41 y siguientes, 58, 63, 66 y siguientes, 162, 172, 173, 420, 453, 496 y siguientes del Código del Trabajo, disposiciones del Decreto de Ley N°3500 y demás normas legales aplicables en la especie, SE DECLARA: I. Que, se acoge la demanda deducida por doña CLAUDIO JULIÁN LORCA ARELLANO, en contra de YSG TECNOLOGIA Y SEGURIDAD, esta última representada por don LUIS RICARDO CATALÁN LABBÉ y en contra MC REÑACA SPA, representada por don LUIS HERNÁN ROMERO MORENO, todos ya individualizados y se declara que las sumas pagadas en forma mensual, a título de asignación de movilización, por montos variables mes a mes, esto es agosto de 2018 $39.016.-, septiembre de 2018 $34.909.-, octubre de 2018 $35.248.-, noviembre de 2018 $23.315.-, diciembre de 2018 $35.315.-, corresponden a remuneraciones e imponibles y se declara la nulidad de este despido y se condena a los demandados a pagar solidariamente a la actora todas las remuneraciones y prestaciones devengadas desde la separación de la trabajadora, ocurrida el 17 de febrero de 2019, hasta la convalidación, haciendo presente que, su última remuneración mensual, ascendió a la suma de $477.411. y a declarar y enterar las diferencias de cotizaciones de seguridad social impagas, correspondientes a todo el periodo en que prestó servicios, desde el día 30 de junio de 2018, hasta el día 17 de enero de 2019. II. Que, se acoge la

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO POR VIDEO CONFERENCIA FECHA Valparaíso, 22 de octubre de 2020. RUC 19-4-0187968-7 RIT M-520-2019 MAGISTRADO JUAN TUDELA JIMÉNEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Loreto vera González SALA 5 HORA DE INICIO 10:43 horas. HORA DE TÉRMINO 11:11 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 19-4-0187968-7 -1338 PARTE DEMANDANTE CLAUD

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