Juzgado de Garantía de Vallenar.

CARABINEROS VALLENAR C/ RAMÓN ANTONIO CORTÉS VILLARROEL

Rol

O-1894-2019

Fecha

28 de septiembre de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 24 de septiembre del 2019, aproximadamente a las 13:30 horas, el acusado RAMÓN ANTONIO CORTÉS VILLARROEL, se dirigió hacia las instalaciones de la EMPRESA TECMIN, ubicada en Llanos de Soto S/N, Vallenar, ingresó a las dependencias vía escalamiento de un muro del cierre perimetral y una vez en su interior se dirigió hacia un sector utilizado como bodega, con la finalidad de robar partes de cobre de unos motores que estaban en el lugar. El acusado fue sorprendido por unos de los trabajadores de la empresa, provocando la huida del acusado, quien al saltar el cierre perimetral cae al suelo en donde es detenido por trabajadores de la empresa y entregado posteriormente a Carabineros. Dentro de las especies que mantenía el imputado para cometer este ilícito se encuentra un combo de madera de 23 cms. un fierro tipo diablo de 55 cms. un fierro tipo chuzo de 1,96 cms., un fierro tipo chuzo de 1,5 cms., un napoleón de color rojo con mangos negros, sin marca ni modelo y dos sierras de 47 cms. de largo.” XHDXRMBYLN Virgilio Ricardo Pérez Carrizo Juez de garantía Fecha: 30/09/2020 09:00:30 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl SE DECLARA: I. Que el imputado RAMÓN ANTONIO CORTÉS VILLARROEL, ya individualizado, es culpable de los cargos formulados en la acusación del Ministerio Público y, en consecuencia se condena en calidad de AUTOR del simple delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, en grado FRUSTRADO, hecho perpetrado el día 24 de septiembre de 2019 en la ciudad de Vallenar, a sufrir la pena de TRESCIENTOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO

Fallo

SE DECLARA: I. Que el imputado RAMÓN ANTONIO CORTÉS VILLARROEL, ya individualizado, es culpable de los cargos formulados en la acusación del Ministerio Público y, en consecuencia se condena en calidad de AUTOR del simple delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, en grado FRUSTRADO, hecho perpetrado el día 24 de septiembre de 2019 en la ciudad de Vallenar, a sufrir la pena de TRESCIENTOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA. II. Que, SE SUSTITUYE la pena privativa de libertad impuesta por la de CUATROCIENTAS HORAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD, debiendo presentarse ante el CRS de VALLENAR el día 14 de Octubre del año 2020 entre las 10:00 a 12:00 horas bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. La pena sustitutiva impuesta no podrá extenderse por más de ocho horas diarias de prestación de servicios y deberá ser compatible con la actividad laboral o estudiantil que el condenado acreditare desarrollar. El delegado de Gendarmería de Chile encargado de gestionar el cumplimiento de la pena sustitutiva informará al Tribunal, dentro del plazo de 30 días siguientes de ejecutoriada la presente sentencia, el lugar donde aquella se llevará a cabo, el tipo de servicio que prestará y el calendario de su ejecución. Si la pena sustitutiva impuesta fuere quebrantada o revocada en los casos a que alude el artículo 30 de la Ley N° 18.216, el condenado cumplirá íntegra y e

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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Vallenar, veintiocho de septiembre de dos mil veinte TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Vallenar. MAGISTRADO: VIRGILIO RICARDO PÉREZ CARRIZO RUC: 1901030723-9 RIT: 1894 - 2019 IMPUTADO: RAMÓN ANTONIO CORTÉS VILLARROEL C.I. 8.977.513-2 FECHA DE NAC. 27-01-1963 DIRECCION Sector Árbol De Marañón Km 676 - Carretera Ruta 5 Norte. COMUNA:

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