BELIZAIRE/SOCIEDAD COMERCIALIZADORA DE PRENDAS DE VESTIR LTDA
Rol
O-496-2019
Fecha
21 de octubre de 2020
Materia
Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT O-496-2019, por declaración de unidad económica. La demanda ha sido interpuesta por doña France Camille Belizaire, cédula nacional de identidad Nro. 25.950.998 -K, domiciliada para estos efectos en calle Agustinas 972, oficina 521, comuna de Santiago, en contra de Comercializadora De Prendas De Vestir Limitada, rol único tributario Nro 76.506.686-2, Importadora Fashion Horse Limitada, rol único tributario Nro. 76.427.437-7; Comercial Aspia Limitada, rol único tributario Nro. 76.620.975-0, toda representada por don José David Ramírez Rivera, cédula nacional de identidad Nro. 22.704.655-4, domiciliadas en calle conferencia 166, local 48, comuna de Santiago; y en contra de la persona natural José David Ramírez Rivera, cédula nacional de identidad Nro 22.704.655-4, del mismo domicilio. La demandante fue asistida por el abogado Ivo Franulic Sippa. Ninguna de las demandadas asistió audiencia de juicio.
Fundamentos
Considerando PRIMERO: Argumentos y pretensiones de la actora. Expone en síntesis que, el 1 de marzo de 2017, se inició la relación laboral con la demandada Comercializadora de Prendas de Vestir Limitada, cumpliendo las funciones de vendedora, su jornada laboral era de lunes a viernes entre las 10:00 y 15:00 horas, percibiendo una remuneración mensual ascendente a la suma de $ 337.500. Fue despedida en forma verbal. Con fecha 17 de noviembre de 2017, interpuso demanda en procedimiento monitorio en contra de la demandada Comercializadora de Prendas de Vestir Limitada, en causa M-2927-2017, ante este tribunal, acogiéndose la demanda. Con fecha 20 de noviembre de 2017, ante el reclamo interpuesto por la demandada citándose a audiencia única de juicio, en procedimiento monitorio, la que se llevó a efecto con fecha 9 de enero 2018, oportunidad en que las partes arriban a conciliación. Con fecha 26 de febrero de 2018 se certificó el incumplimiento de la conciliación remitiéndose los antecedentes al juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Indica que todas las demandadas presentan una dirección laboral común ejercida por don José Ramírez Rivera, teniendo además el mismo domicilio y desempeñándose en el mismo rubro. Solicita en definitiva se acoja la demanda, declarando que todas las demandadas constituyen un mismo empleador para los efectos laborales y previsionales en conformidad al artículo 3 del Código del Trabajo, o que al menos algunas de ellas lo constituyen entre sí.- Que se condene a las demandadas que sean declaradas un solo empleador en los términos del artículo 3 del Código del Trabajo, como solidariamente responsables del pago de las indemnizaciones y demás prestaciones laborales que se adeudan a la demandante en el presente y futuro en la causa Rit C-899-2018 seguida ante el Juzgado Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, sin costas. SEGUNDO: Contestación de la demanda: Que en ninguna de las demandadas contestó la demanda, evacuándose el trámite en su rebeldía. TERCERO: Llamado a conciliación, recepción de la causa a prueba: Que, efectuado el llamado a conciliación, ésta no se produce dada la rebeldía de las demandadas. Luego el Tribunal recibe la causa a prueba fijando los siguientes hechos sustanciales pertinentes y controvertidos: 1. Efectividad que las demandadas Sociedad Comercializadora De Prendas De Vestir Ltda , Importadora Fashion Horse Ltda, Comercial Aspia Ltda y José David Ramírez Rivera constituyen una unidad económica para los efectos laborales y previsionales. 2. Efectividad que, en su caso, esta unidad económica lo haya sido al momento que la demandante en esta causa prestó servicios en la empresa. CUARTO: Incorporación de medios probatorios: De la demandante: Prueba documental: Contrato de trabajo de fecha 01 de marzo de 2017. 2. Sentencia causa M-2927-2017, de 1er Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. 3. Certificado de incumplimiento de sentencia de fecha 26 de febrero de 2018. 4. Liquidación l
Fallo
fallo pues la misma ha devenido en sobreabundante en relación a hechos que se han tenido como suficientemente establecidos en este juicio. Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 3, 425, 453 y 454, 456, 459, 507 y siguientes, del Código del Trabajo y demás normas legales vigentes, SE RESUELVE; I.- Que se acoge parcialmente la demanda interpuesta por doña France Camille Belizaire, cédula nacional de identidad Nro. 25.950.998 -K, en contra de Comercializadora De Prendas de Vestir Limitada, rol único tributario Nro 76.506.686-2, Comercial Aspia Limitada, rol único tributario Nro. 76.620.975-0, representadas por don José David Ramírez Rivera, cédula nacional de identidad Nro. 22.704.655-4 e Importadora Fashion Horse Limitada, rol único tributario Nro. 76.427.437-7; representada legalmente por doña Katia Leyva Ávila, cédula nacional de identidad Nro 14.718.285-8, y se declara: a) Que las empresas demandadas anteriormente individualizadas constituyen una unidad económica para efectos laborales y previsionales de acuerdo a lo establecido en el artículo tercero del Código del Trabajo. II.- Que se rechaza la demanda en todo lo demás. III.- Que no habiendo resultado ninguna de las partes completamente vencida, cada parte pagara sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT : O-496-2019 RUC : 19- 4-0161999-5 Pronunciada por don (ña) EMA DEL PILAR NOVOA MATEOS, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintiuno de octubre de dos mil veinte. Vistos Que ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se ha llevado a efecto audiencia de juicio en los autos RIT O-496-2019, por declaración de unidad económica. La demanda ha sido interpuesta por doña France Camille Belizaire, cédula nacional de identidad Nro. 25.950.998 -K, domicilia
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