CRISTIAN ALEJANDRO VILLARROEL SANTIS C/ CRISTOFER ALEJANDRO ZÁRATE SAAVEDRA
Rol
O-10874-2020
Fecha
27 de agosto de 2020
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO RUC N°: 2000767001-0 RIT N° 10874 - 2020 Materia: INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD Imputado: CRISTOFER ALEJANDRO ZÁRATE SAAVEDRA , RUN N° 0019632005-9 con domicilio en Calle Calle LAS PARCELAS Nº 10664, comuna de La Pintana.. Multa: 6 Unidad Tributaria Mensual., Si paga dentro de 15 días, deberá pagar el 75% del total de la multa impuesta. Juzgado de Garantía de Puente Alto, veintisiete de agosto de dos mil veinte.- A lo pedido: que el requerimiento se encuentra suficientemente fundado, al igual que el monto de la multa propuesta, por lo que teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 391 y 392 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se condena, sin costas, al o los requerido(s) como Autor.(es) de la falta señalada, perpetrada en esta jurisdicción en la fecha indicada, al pago de la multa propuesta a beneficio fiscal. La multa impuesta de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 60 inciso final del Código Penal, deberá pagarse en pesos en el equivalente que tenga la referida Unidad en el momento de su pago, mediante comprobante de depósito en la Tesorería de la I. Municipalidad del lugar de comisión de la falta, para lo cual se sugiere retirarlo en el mesón de público de éste tribunal. Si la multa es pagada dentro de los 15 días siguientes a la notificación del imputado, ella será rebajada en un 25%. II.- Si no pagasen la multa impuesta, el o los requerido(s) sufrirán por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada un quinto de Unidad Tributaria Mensual a que ha sido condenado, sin que ella pueda exceder de seis meses. III.- Instrúyase al o los imputado(s) en el acto de su notificación que le asisten los siguientes derechos: a.- Aceptar el requerimiento y la multa impuesta en cuyo caso se entenderá ejecutoriada esta sentencia. Lo mismo ocurrirá en el evento de que no interponga reclamo dentro del plazo de quince días. b.- Reclamar en contra del requerimiento
Fundamentos
considerando como antecedente favorable que no hacen aconsejable la imposición de las condenas, la circunstancia de no haberse esgrimido por parte del Ministerio Público condenas por crimen, simple delito o falta respecto a todos y cada uno de los requeridos, se decreta la suspensión de la pena y sus efectos por el plazo de seis meses. YPXWRXFCWT ROXANA JACQUELINE VENEGAS DIAZ Juez de garantía Fecha: 06/10/2020 16:47:30 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Transcurrido el plazo estipulado sin que los imputados hubieren sido objeto de un nuevo requerimiento o de una formalización de la investigación, el Tribunal dejará sin efecto la sentencia y, en su reemplazo, decretará el sobreseimiento definitivo de la causa. En caso contrario, se deberá dar cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. En su oportunidad certifíquese la ejecutoriedad de la presente sentencia. Hecho, archívese. Notifíquese por correo electrónico al Ministerio Público y defensoría y personalmente y en caso de no ser habido, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 44 inciso segundo del código de procedimiento civil a los imputados. Proveyó don(ña) ROXANA JACQUELINE VENEGAS DÍAZ, Juez titular del Juzgado de Garantía de Puente Alto. YPXWRXFCWT ROXANA JACQUELINE VENEGAS DIAZ Juez de garantía Fecha: 06/10/2020 16:47:30 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2020-10-06T16:47:31-0300 Corte Suprema ROXANA JACQUELINE VENEGAS DIAZ Verificación Legal
Fallo
se declara: I.- Que se condena, sin costas, al o los requerido(s) como Autor.(es) de la falta señalada, perpetrada en esta jurisdicción en la fecha indicada, al pago de la multa propuesta a beneficio fiscal. La multa impuesta de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 60 inciso final del Código Penal, deberá pagarse en pesos en el equivalente que tenga la referida Unidad en el momento de su pago, mediante comprobante de depósito en la Tesorería de la I. Municipalidad del lugar de comisión de la falta, para lo cual se sugiere retirarlo en el mesón de público de éste tribunal. Si la multa es pagada dentro de los 15 días siguientes a la notificación del imputado, ella será rebajada en un 25%. II.- Si no pagasen la multa impuesta, el o los requerido(s) sufrirán por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada un quinto de Unidad Tributaria Mensual a que ha sido condenado, sin que ella pueda exceder de seis meses. III.- Instrúyase al o los imputado(s) en el acto de su notificación que le asisten los siguientes derechos: a.- Aceptar el requerimiento y la multa impuesta en cuyo caso se entenderá ejecutoriada esta sentencia. Lo mismo ocurrirá en el evento de que no interponga reclamo dentro del plazo de quince días. b.- Reclamar en contra del requerimiento y de la sanción que le ha sido impuesta en el término referido en la letra precedente, evento en el cual se continuará el juicio de acuerdo a las normas del procedimiento simplificado. IV.-
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JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO RUC N°: 2000767001-0 RIT N° 10874 - 2020 Materia: INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD Imputado: CRISTOFER ALEJANDRO ZÁRATE SAAVEDRA , RUN N° 0019632005-9 con domicilio en Calle Calle LAS PARCELAS Nº 10664, comuna de La Pintana.. Multa: 6 Unidad Tributaria Mensual., Si paga dentro de 15 días, deberá pagar el 75% del total de la multa impuesta. Juzgado de
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