C/ YERKO IGNACIO BARROS PINO
Rol
O-6332-2020
Fecha
24 de septiembre de 2020
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 24 de abril de 2020, alrededor de las 15:35 horas al interior del bus de Transantiago Nº 210, que se desplazaba por Avenida Libertador Bernardo O’Higgins al Poniente, casi al llegar a la altura de Paseo Ahumada, en la Comuna de Santiago, el acusado YERKO IGNACIO BARROS PINO, le arrebató de las manos a la víctima doña Irma Soto Concha su teléfono celular marca Samsung, modelo S7 Edge , color gris, para luego huir y bajar del bus con la especie en su poder, siendo seguido por Carabineros quienes lograron su detención y la recuperación del teléfono sustraído” SE DECLARA: I.- Que se condena a YERKO IGNACIO BARROS PINO, ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, a la pena accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como AUTOR del robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inc.2 del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, cometido el día 24 de abril de 2020, en la comuna de Santiago. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 8º de la ley 18.216, modificada por la Ley 20.603, se le sustituye la sanción privativa de libertad por la reclusión parcial domiciliaria nocturna, desde las 22:00 horas a EYZQRKVCKT CAROLINA LUISA GAJARDO FONTECILLA Juez de garantía Fecha: 24/09/2020 18:56:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 06:00 de la mañana, por el plazo de la condena, a través de monitoreo telemático en el eveto de existir factibilidad a esa modalidad, en caso contrario en la depedencias del Centro Abierto Manuel Rodríguez . Se suspende pena cor
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a YERKO IGNACIO BARROS PINO, ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, a la pena accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, por su responsabilidad como AUTOR del robo por sorpresa, previsto y sancionado en el artículo 436 inc.2 del Código Penal, en grado de ejecución de CONSUMADO, cometido el día 24 de abril de 2020, en la comuna de Santiago. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 8º de la ley 18.216, modificada por la Ley 20.603, se le sustituye la sanción privativa de libertad por la reclusión parcial domiciliaria nocturna, desde las 22:00 horas a EYZQRKVCKT CAROLINA LUISA GAJARDO FONTECILLA Juez de garantía Fecha: 24/09/2020 18:56:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 06:00 de la mañana, por el plazo de la condena, a través de monitoreo telemático en el eveto de existir factibilidad a esa modalidad, en caso contrario en la depedencias del Centro Abierto Manuel Rodríguez . Se suspende pena corporal hasta que imputado recupere su libertad, ya que se encuentra en prisión p
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PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, 24 DE SEPTIEMBRE DE 2020 TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CAROLINA LUISA GAJARDO FONTECILLA RUC: 2000416264-2 RIT: 6332-2020 IMPUTADO: YERKO IGNACIO BARROS PINO C.I. 19.632.330-9 DELITO ROBO POR SORPRESA ARTICULO 436 inc. 2 del Código Penal. PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATENUANTES 11 N° 9 del Código Penal y 40
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