Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte.

FISCALIA POZO ALMONTE C/ OMAR ABDÓN CRUZ QUISPE

Rol

O-1974-2020

Fecha

19 de septiembre de 2020

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “Que el día 19 de septiembre del año 020, en horas de toque de queda y en un lugar bajo de cuarentana, bajo la jurisdicciones de Pozo Almonte, el imputado OMAR ABDÓN CRUZ QUISPE fue sorprendido por personal del ejército o policía, sin haber obtenido dichos permisos y con esos, se estaría infringiendo el artículo 318 del Código Penal, junto con las resoluciones exentas del Servicio de Salud N° 202, 203 y 212 del Ministerio de Salud.” Visto y

Fundamentos

considerando

Fallo

Se declara: Que se condena a OMAR ABDÓN CRUZ QUISPE, cédula de identidad N° 14.671.119-7, domiciliado en Calle Bajo Matilla Nº 7, comuna de Pica, como autor del delito consumado previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 19 de septiembre del año 2020, a sufrir la pena de: PENA PECUNIARIA Multa a beneficio fiscal Cuotas Primer vencimiento 1 Unidad Tributaria Mensual -- Suspendida Observación: I.- Si el sentenciado paga la multa impuesta dentro del plazo de 15 días contados desde la notificación de la sentencia, solo estará obligado a enterar en arcas fiscales el 75% del monto de la multa impuesta, y en caso que el pago de la multa se efectúa fuera de este plazo, deberá pagar íntegramente la multa, esto es, con el valor de la unidad tributaria mensual vigente a la fecha del pago. En ambos casos, la multa deberá pagarse en arcas fiscales mediante el respectivo pago a la Tesorería General de la República, por medio del formulario N° 10, copia del cual deberá ser presentado al tribunal. II.-En caso de no contar con medios económicos suficientes para pagar la multa impuesta, y conforme a lo previsto en el artículo 49 y siguientes del Código Penal, deberá solicitar se le conceda la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, a razón de ocho horas por cada tercio de unidad tributaria mensual. Para acceder a este beneficio, deberá acompañar al Tribunal antecedentes que funden

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO Pozo Almonte, diecinueve de septiembre del año dos mil veinte Hechos: “Que el día 19 de septiembre del año 020, en horas de toque de queda y en un lugar bajo de cuarentana, bajo la jurisdicciones de Pozo Almonte, el imputado OMAR ABDÓN CRUZ QUISPE fue sorprendido por personal del ejército o policía, sin haber obtenido dichos permisos y con esos, se estaría infr

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