SERVICIOS DE ODONTOLOGIA PROSALUD DENTAL LIMITADA CON INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO
Rol
I-10-2020
Fecha
19 de octubre de 2020
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El Juez hace un resumen de la demanda. El tribunal confiere traslado a la parte reclamada para su contestación: Registrado en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA (Registrada en audio) CONCILIACION: Llamadas las partes a conciliación, esta no se produce, atendido a que el abogado de la Inspección Comunal del Trabajo de Coronel, no tiene facultades para conciliar. Se hace receso. Se reanuda la audiencia. Desistimiento parcial de la parte reclamante (Dejar sin efecto la multa impuesta. En subsidio se rebaje): Registrado en audio. Traslado conferido a la parte reclamada (se allana): Registrado en audio. Proveyendo el tribunal: Atendido el mérito de autos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 148 y siguiente del Código de Procedimiento Civil en relación al artículo 432 del Código del Trabajo, se tiene a la parte reclamante por DESISTIDA de su acción únicamente respecto en aquella parte en que solicitaba se dejara sin efecto o se rebajara el monto o cuantía de las multas cursadas. Se deja como hechos no controvertidos con acuerdo de las partes, los siguientes: 1.- La empresa reclamante se trata de una micro empresa, toda vez que a la fecha de la constatación de los hechos por la entidad administrativa tenía menos de nueve trabajadores. 2.- La parte reclamante no recurrió de la multa de conformidad a lo dispuesto en el artículo 503 ni de conformidad a lo establecido en el artículo 511 del Código del Trabajo. 3.- Que se trata de la primera solicitud de restitución de multa durante el año 2020 de la reclamante. No existiendo hechos substanciales, pertinentes y controvertidos, se omite la recepción de la causa a prueba y se procede a dictar sentencia de inmediato. SENTENCIA: Coronel, diecinueve de octubre de dos mil veinte. VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES:
Fundamentos
Fundamentos de la resolución: Registrada en audio.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículo 496 y siguientes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I.- Que se deja sin efecto el Ordinario 545 (515) de 21 de julio de 2020 de la Inspección del Trabajo II.- la Inspección del Trabajo reclamada deberá autorizar la sustitución de la multa impuesta por la asistencia obligatoria del titular o representante legal de la empresa o de los trabajadores que el designe a Programas de Capacitación por la propia Inspección del Trabajo, por el lapso de duración de máximo dos semanas, todo de conformidad al artículo 506 ter N° 2 del Código del Trabajo. III.- Que no se condena en costas a la entidad demandada atendido que no fue totalmente vencida. Recurso de aclaración de la parte reclamante: Registrado en audio. Resolución del tribunal: Se deja establecido que la resolución reclamada es la N° 545 de 21 de julio de 2020 (515). Regístrese y oportunamente archívese. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones y sentencia dictadas en audiencia. Siendo las 12:34 se puso término a la audiencia. Dirigida y Dictada por don RODRIGO HERNAN VERA GARCIA, Juez Titular del 2do Juzgado de Letras de Coronel. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición del interviniente.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN, CONTESTACION Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO COMPARECE FECHA 19 de octubre de 2020.- RUC 20-4-0287376-1.- RIT I-10-2020.- MAGISTRADO RODRIGO HERNÁN VERA GARCÍA.- ADMINISTRATIVO DE ACTAS Angélica Arias Bustos.- HORA DE INICIO 11:25 Horas.- HORA DE TERMINO 12:34 Horas.- Nº REGISTRO DE AUDIO 2040287376-1-192.- PARTE RECLA
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