RANDSTAD CHILE S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE
Rol
I-105-2020
Fecha
19 de octubre de 2020
Materia
Costas, Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció Nicole Stephanie Solis De Ovando Mariman, abogada, en nombre y representación de RANDSTAD CHILE S.A., sociedad del giro de servicios de personal, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°4501, oficina 501/502, comuna de Las Condes, Santiago quien interpone reclamo judicial en contra de la Resolución Administrativa de Multa N°1746/20/1-1 y 2, de fecha 26 de Enero de 2020, emanada de la Inspección Comunal del Trabajo de Santiago Oriente dirigida en contra de doña Gabriela Olave Rodríguez, Jefe Inspección del Trabajo de Santiago Oriente, ambos domiciliados en Avenida Vitacura Nº 3900, Santiago, solicitando desde luego sea acogida, en todas sus partes, disponiendo en definitiva que se absuelve a su representada de los cargos imputados, y de la sanción aplicada, o en su defecto, se acoja la solicitud de rebaja de la sanción impuesta. SEGUNDO: Funda su demanda en que, es una empresa que se dedica a servicios integrales de recursos humanos, con presencia internacional y que con fecha 26 de enero de 2020, se les cursa la multa N° 1746/20/1-1 y 2 la primera por no comparecer a la citación de la dirección del trabajo y la segunda por no exhibir toda la documentación necesaria para efectuar las labores de fiscalización, en circunstancias que no asistió a la citación, entonces difícilmente podría incurrir en el supuesto de hecho que sanciona la segunda de las multas impuestas, alega que la primera de las multa impuesta absorbe la segunda de las multas cursadas, siendo por lo tanto improcedente la segunda infracción, infringiendo de esta manera el Principio de Non Bis In ídem. Cita jurisprudencia en tal sentido. En subsidio, solicita la rebaja del monto de las Resoluciones de multa, toda vez que ha sido sancionada con un monto extremadamente alto en el caso de la multa N°1746/20/1-2, equivalente en pesos a $3.883.280. En razón de ello, al no constar una conducta incumplidora o que se hubiera dilatado por larga data, no resulta razonable aplicarla en su máximo, por tratarse de una gravosa facultad que debe ser ejercida con mayores antecedentes que los tenidos a la vista por el fiscalizador y que deben atender, entre otros, a la conducta del reclamante. TERCERO: Contestando la demandada, solicitó el rechazo de la misma, indicando que la multa aplicada nace de una denuncia el 07 de enero de 2020, en contra de la empresa Randstad Chile S.A., por pagar remuneración parcial o incorrectamente. Con fecha 21 de enero del año en curso, concurre al domicilio de la empresa denunciada el fiscalizador don Guillermo Quiroga Morales, donde es recibido por la Abogada Sra. Flavia Parodi Henríquez, quien informa que el lugar fiscalizado corresponde a la casa matriz de un holding, entre cuyas empresa se encuentra la denunciada, y que los trabajadores de la muestra cuya documentación se revisará, no efectúan labores en dicho lugar, ante lo cual la entrega de la información en el lugar se hace difícil, y con el fin de lograr una adecuada fis
Fallo
se resuelve dejar requerida la documentación laboral, levantándose formulario FI-4, “Acta se notificación de requerimiento de documentación y citación”, conforme la cual se cita al empleador a fin exhiba documentación allí requerida, para el día 24/01/2010 en dependencias de la ICT Santiago Oriente, a las 11:45 horas. Documentación Solicitada: 1.- Contratos de Trabajo y Anexos; 2.- Liquidaciones de remuneraciones abril a diciembre 2019 y transferencias bancarias igual período; 3.- Detalle o anexo forma determinación haberes variables abril a diciembre 2019.Derecho a saber. 4.- Registro asistencia abril a diciembre 2019. Dando cumplimiento, además, al Principio de Bilateralidad: Se informa a que propósito de la fiscalización es revisar el correcto y oportuno pago de remuneraciones”. Cursándose las dos infracciones, que reconoce la reclamante, a saber la primera por no comparecer a la citación de la dirección del trabajo y la segunda por no exhibir toda la documentación, solicitada. En cuanto a las alegaciones vertidas sobre la segunda multa, señala que se ha sancionado el incumplimiento de distintas obligaciones de la empresa reclamante, ambas constatadas por el fiscalizador, comprendidas en distintas normas, por lo que no es efectivo que la empresa haya sido sancionada dos veces por el mismo hecho, toda vez que la primera sanción se refiere a su falta de comparecencia a la citación realizada por el fiscalizador y la segunda se refiere a la falta de exhibición de la document
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecinueve de octubre de dos mil veinte. VISTOS OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció Nicole Stephanie Solis De Ovando Mariman, abogada, en nombre y representación de RANDSTAD CHILE S.A., sociedad del giro de servicios de personal, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°4501, oficina 501/502, comuna de Las Condes, Santiago quien interpone reclamo judicial en contra de la Resol
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica