JOSE HERNAN MANSILLA UNQUEN C/ ROSA DEL CARMEN AGUILAR VILLEGAS
Rol
O-1319-2020
Fecha
15 de septiembre de 2020
Materia
DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 10 de septiembre de 2019, alrededor de las 09:00 horas, y en circunstancias que la víctima, don José Hernán Mansilla Unquén se encontraba en el interior de su domicilio, ubicado en calle Achao N°981, de la comuna de Llanquihue, llegó al lugar una amiga, la imputada Rosa del Carmen Aguilar Venegas, la que se encontraba bajo los efectos del alcohol, y le solicitó que le pasara dinero, y ante la negativa de la víctima, la imputada se ofuscó y tomó una radio de color gris, de propiedad de la víctima, la que lanzó violentamente al suelo, quebrándola. La víctima avaluó los daños en la suma de $60.000.-”. Puerto Varas, a quince de septiembre de dos mil veinte. I.- Que SE CONDENA a ROSA DEL CARMEN AGUILAR VILLEGAS, Cédula de Identidad N° 13.166.653-5, domiciliada en Calle José Abelardo Núñez N° 766, Altos de Baquedano, Comuna de Llanquihue, por su responsabilidad como autora del delito consumado de DAÑOS SIMPLES en perjuicio de don José Hernán Mansilla Unquén, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, ocurrido el 10 de septiembre de 2019 en la comuna de Llanquihue, al pago de una multa equivalente a DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II.- Respecto a la multa, cumpliéndose los presupuestos de artículos 25, 70 y 49 y siguientes, se otorga a la sentenciada plazo para su pago, la pagará en SEIS CUOTAS DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL cada una, con vencimiento el último día de cada mes, primer vencimiento 30 de octubre de 2020. Si tiene el dinero para pagar las cuotas, podrá convertirse a prestación de servicio en beneficio de la comunidad, equivalente a CUARENTA Y OCHO HORAS a cargo del Delegado de Gendarmería del Centro de Reinserción Social de Puerto Montt y en todo caso, deberá comunicar a la condenada cuando se reabran los centros de cumplimiento para este servicio comunitario, una vez que se termine la emergencia sanitaria. Será notificada la imputada a su domicilio, de lo que informe, en su oportunidad, Gendarmería. III.- Se
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SENTENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO HECHOS: “El día 10 de septiembre de 2019, alrededor de las 09:00 horas, y en circunstancias que la víctima, don José Hernán Mansilla Unquén se encontraba en el interior de su domicilio, ubicado en calle Achao N°981, de la comuna de Llanquihue, llegó al lugar una amiga, la imputada Rosa del Carmen Aguilar Venegas, la que se encontraba bajo los efectos del alcoho
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