C/ SEBASTIÁN ANDRÉS GUERRA GONZÁLEZ
Rol
O-4243-2020
Fecha
10 de septiembre de 2020
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El día 23 de junio de 2020, siendo aproximadamente las 14.10 horas, en circunstancias que personal de Carabineros efectuaban patrullaje, por Avenida Bahía Catalina en dirección al norte, cuando al llegar a la intersección con pasaje Zafiro, en la comuna de La Florida, divisan al automóvil marca Chevrolet, placa patente DSFT.67, estacionado en el lugar y con el motor encendido, el que al ser consultado a la Central de Comunicaciones, mantenía encargo vigente por robo. Sentado en el asiento del conductor, se encontraba el acusado SEBASTIÁN ANDRÉS GUERRA GONZÁLEZ, quien al percatarse de la presencia policial se baja del mismo y huye a pie hacia calle Punta Arenas, siendo detenido finalmente luego de la persecución. El automóvil había sido robado en horas de la tarde del 21 de junio de 2020, en la comuna de La Pintana, según denuncia efectuada por don Álvaro Monasterio Briceño en la 13ª Comisaría de Carabineros de la comuna de La Granja. Circunstancia que el acusado conocía o no podía menos que conocer, ya que además de eludir el control policial mediante la fuga, el móvil exhibía su chapa de contacto notoriamente forzada. Asimismo, el acusado se desplazaba por la vía pública, en una comuna y en un horario de restricción de desplazamiento, dispuesto por la autoridad con motivo de la pandemia COVID-19, poniendo en peligro la salud pública, ya que no contaba con el permiso o autorización respectiva. SEGUNDO: Que los hechos mencionados precedentemente fueron calificados por el Ministerio Público como constitutivos de un delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal; y una infracción al artículo 318 del mismo código, en grado de consumada Se atribuye al acusado la calidad de autor, de conformidad a lo establecido en el artículo 15 número 1 del Código Penal en ambos ilícitos. Favorecen al acusado las atenuantes de responsabilidad penal de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos invoc
Fallo
por estas disposiciones. El artículo 318 es prácticamente una definición de delito de peligro concreto al señalar “El que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo a medio o multa de seis a doscientas unidades tributarias mensuales”. Con la expresión “El que pusiere en peligro la salud pública” concibe la figura como un delito de peligro concreto pues exige se ponga en peligro la salud pública, lo que no ocurre en la especie pues no se ha justificado la existencia de esta puesta en riesgo. XDYBRHXXDN PATRICIO ROBERTO SOUZA BEJARES Juez de garantía Fecha: 15/09/2020 16:08:13 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Lo mismo sucede con la figura del artículo 318 bis que, con otra redacción, también supone la puesta en peligro del bien jurídico señalado. En efecto, el precepto señala que “El que, en tiempo de pandemia, epidemia o contagio, genere, a sabiendas, riesgo de propagación de agentes patológicos con infracción de una orden de
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Santiago, a diez de septiembre de dos mil veinte. PRIMERO: Que el Ministerio Público dedujo acusación en procedimiento abreviado en contra de SEBASTIÁN ANDRÉS GUERRA GONZÁLEZ, cédula de identidad N° 20.791.848-2, domiciliado en Esperanza N° 2025, San Ramón, por los siguientes hechos: El día 23 de junio de 2020, siendo aproximadamente las 14.10 horas, en circunstancias que personal de Carabineros
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