Juzgado de Garantía de Linares.

MP C/ NICOLÁS ISMAEL MÉNDEZ VILLAR

Rol

O-2438-2020

Fecha

12 de agosto de 2020

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM., INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: Hechos: El día 28 de junio de 2020, alrededor de las 23:15 horas, el imputado Nicolás Ismael Méndez Villar concurre hasta el domicilio de la víctima doña Laura del Pilar Fuentes Olivera ubicado en calle Serrano N° 928 de Linares y encontrándose en el lugar, sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño las llaves de contacto que se encontraban en la chapa y desde el asiento trasero una mochila color azul con diferentes herramientas y un estuche con la documentación del vehículo consistente en la camioneta marca “Chevrolet”, modelo “Luv”, placa patente única DV-6479 de propiedad de la víctima, la cual se encontraba estacionada en el antejardín y la radio del vehículo, procediendo a huir del lugar con las especies en su poder las cuales fueron avaluadas en la suma aproximada de $100.000.- Los hechos anteriormente descritos en virtud de su horario de ocurrencia, fueron cometidos por el imputado infringiendo el Toque de Queda decretado por la GEMXRHEHCJ Claudia Cristina Olea Tapia Juez de garantía Fecha: 15/09/2020 11:31:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl autoridad en razón de la emergencia sanitaria que vive el país pues no contaba con ningún tipo de documentación o salvoconducto que lo habilitara para transitar por la vía pública, poniendo de dicha forma en peligro la salud pública al infringir las reglas higiénicas debidamente publicadas por la autoridad en tiempos de pandemia para evitar la propagación del corona virus. Linares, doce de agosto de dos mil veinte. Por estas consideraciones y lo previsto en los artículos 395 y siguientes del Código Procesal Penal, 318,

Fallo

Por estas consideraciones y lo previsto en los artículos 395 y siguientes del Código Procesal Penal, 318, 432, 446 N°3 del Código Penal, se declara: I.- Que se CONDENA a NICOLÁS ISMAEL MÉNDEZ VILLAR, ya individualizado a las penas de CUARENTA y UN DÍAS de prisión en su grado máximo, al pago de una multa a beneficio fiscal de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de hurto de especies de propiedad de Laura del Pilar Fuentes Olivera, en grado consumado, hecho ocurrido en la comuna de Linares el día 28 de junio de 2020 II.- Que se CONDENA a NICOLÁS ISMAEL MÉNDEZ VILLAR, ya individualizado a la pena de una multa a beneficio fiscal de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor del delito consumado contemplado en el artículo 318 del Código Penal , hecho ocurrido en la comuna de Linares el día 28 de junio de 2020. III.- Que se tiene POR CUMPLIDA LA PENA privativa de libertad impuesta al requerido atendido los días que ha estado privado de libertad en esta causa desde el día 28 de junio de 2020 a la fecha, esto es, cuarenta y seis días. IV.- En cuanto a la pena pecuniaria respecto al delito de hurto ésta se tendrá por cumplida con los días que ha estado privado de libertad en esta causa. V.- Que respecto a la pena pecuniaria respecto al delito contemplado en el artículo 318 del Código Penal, SE LE ABONARÁN DOS DIAS de los días GEMXRHEHCJ Claudia Cristina Olea Tapia Juez de garantía Fecha: 15/09/2020

Texto Completo (Preview)

RUC : 2010033349-0 RIT : 2438 – 2020 DELITO : Hurto Simple y delito contemplado en artículo 318 del Código Penal. GRADO DESARROLLO : Consumados. IMPUTADO : NICOLÁS ISMAEL MÉNDEZ VILLAR RUT N° : 0016372684-K DOMICILIO : Orilla de Maule km. 20 s/n FISCAL : MARIO VILLAGRA GARCIA DEFENSOR : MARCO CABALLERO CATALAN PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO ATENUANTES : Artículo 11 N°9 Código Penal en ambos delito

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