Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysen.

LUIS ROLANDO GALLEGOS BARRIENTOS C/ FELIPE OSVALDO ALVARADO VERA

Rol

O-874-2020

Fecha

7 de septiembre de 2020

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 14 N°1, 18, 25, 67, 70, todos del Código Penal, artículo 110 con relación al artículo 196 de la ley de el Transito, artículo 395 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 8° y siguientes de la Ley 18.216, SE DECLARA; I.- Que, SE CONDENA a FELIPE OSVALDO ALVARADO VERA, cédula de identidad 18.103.625-7, debidamente individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a pagar una multa a beneficio fiscal, ascendente a DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR EL PLAZO DE DOS AÑOS, como autor ejecutor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad, causando daños y lesiones, hecho cometido en esta ciudad, con fecha 22 de febrero del año en curso. II.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 8° y siguiente, de la ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad impuesta, por la de reclusión parcial domiciliaria nocturna, con monitoreo telemático, la que deberá JTRXREXPNX Juan Patricio Silva Pedreros Juez de garantía Fecha: 08/09/2020 13:59:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl cumplir entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente en su domicilio de calle LOS MAQUIS Nº 128 de esta ciudad, de resultar favorable el informe de Gendarmería de Chile. Para el evento que dicha pena le fuere revocada, ello obligará al sentenciado a cumplir en forma efectiva la pena privativa de libertad impuesta, desde que se presente o fuere habido, sin abonos. III.- Que, se autoriza al sentenciado a pagar la multa impuesta en 4 cuot

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 14 N°1, 18, 25, 67, 70, todos del Código Penal, artículo 110 con relación al artículo 196 de la ley de el Transito, artículo 395 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 8° y siguientes de la Ley 18.216, SE DECLARA; I.- Que, SE CONDENA a FELIPE OSVALDO ALVARADO VERA, cédula de identidad 18.103.625-7, debidamente individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a pagar una multa a beneficio fiscal, ascendente a DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR EL PLAZO DE DOS AÑOS, como autor ejecutor del delito consumado de conducción en estado de ebriedad, causando daños y lesiones, hecho cometido en esta ciudad, con fecha 22 de febrero del año en curso. II.- Que, reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 8° y siguiente, de la ley 18.216, se sustituye la pena privativa de libertad impuesta, por la de reclusión parcial domiciliaria nocturna, con monitoreo telemático, la que deberá JTRXREXPNX Juan Patricio Silva Pedreros Juez de garantía Fecha: 08/09/2020 13:59:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas.

Texto Completo (Preview)

Unidad de Garantía Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado. Fecha Puerto Aisén, siete de septiembre de dos mil veinte Magistrado JUAN PATRICIO SILVA PEDREROS Fiscal PEDRO EMILIO POBLETE VIEJO Defensor ROBERTO CÉSAR SILVA JARA Hora inicio 11:20AM Hora termino 11:37AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysen. Acta jma RUC 2000205881-3 RIT 874 - 2020 NOMB

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