FLAH C/ OSCAR SANTIAGO URBINA CÓRDOVA
Rol
O-4348-2020
Fecha
28 de agosto de 2020
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 27 de agosto del año 2020, aproximadamente a las 12:30, el imputado se colocó en la fila del cajero automático del Bancoestado ubicado en Avda. La Pampa de la comuna de Alto Hospicio, lugar en el que procedió a abrir la mochila que llevaba en su espalda la victima doña Ivonne Subiabre, sustrayéndole la suma de $20.000 pesos, acción que fue observada por una tercera persona, quien avisó a la víctima y posteriormente a Carabineros, el personal de Carabineros, al ser consultado el imputado respecto de su autorización o salvoconducto para efectos de circular por la vía pública, atendido el estado de catástrofe constitucional por emergencia sanitaria, decretada por el Presidente de la República, mediante el Decreto Supremo N° 318 y 203 , así como el decreto N° 347 del Ministerio de Salud, respecto de los habitantes de la comuna de Alto Hospicio, este no mantenía autorización alguna, por lo que fue detenido por personal policial.” ACOGE PROCEDIMIENTO MONITORIO SE DECLARA: I.- Que, se acoge el requerimiento en contra de: 1.- OSCAR SANTIAGO URBINA CÓRDOVA, cédula de identidad N° 10.962.714-3, ya individualizado, como autor de la falta de INFRINGIR NORMAS HIGIENICAS Y DE SALUBRIDAD del artículo 318 del Código Penal y Hurto Falta del artículo 494 Bis del Código Penal ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 27 de agosto del año 2020, a sufrir la pena de: PENA PECUNIARIA Multa Cuotas Primer vencimiento Artículo 318 del Penal 1/3 de UTM Hurto Falta 494 bis 1/3 de UTM 30 de septiembre de 2020 Observación: Se deja constancia que la multa por infracción al artículo 318 se tiene por cumplida por el día en que el imputado permaneció privado de libertad. Respecto de la multa por el Hurto Falta, se hace presente que el imputado deberá pagar la multa hasta el día 30 de septiembre de 2020, debiendo acompañar el respectivo comprobante de pago. FNDZRELNJC Nicolas Sebastian Uson Caroca Juez de garantía Fecha: 07/09/2020 09:39:31 ESTE DOCUMENTO TIENE
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se acoge el requerimiento en contra de: 1.- OSCAR SANTIAGO URBINA CÓRDOVA, cédula de identidad N° 10.962.714-3, ya individualizado, como autor de la falta de INFRINGIR NORMAS HIGIENICAS Y DE SALUBRIDAD del artículo 318 del Código Penal y Hurto Falta del artículo 494 Bis del Código Penal ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 27 de agosto del año 2020, a sufrir la pena de: PENA PECUNIARIA Multa Cuotas Primer vencimiento Artículo 318 del Penal 1/3 de UTM Hurto Falta 494 bis 1/3 de UTM 30 de septiembre de 2020 Observación: Se deja constancia que la multa por infracción al artículo 318 se tiene por cumplida por el día en que el imputado permaneció privado de libertad. Respecto de la multa por el Hurto Falta, se hace presente que el imputado deberá pagar la multa hasta el día 30 de septiembre de 2020, debiendo acompañar el respectivo comprobante de pago. FNDZRELNJC Nicolas Sebastian Uson Caroca Juez de garantía Fecha: 07/09/2020 09:39:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- El pago de la multa, deberá efectuarse en su equivalente en pesos, esto es, con el valor de la
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ACTA RESUMEN DE AUDIENCIA / CONTROL DETENCIÓN / MONITORIO Fecha Alto Hospicio, veintiocho de agosto de dos mil veinte Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Alto Hospicio. Magistrado NICOLAS USON CAROCA Fiscal KARLA MIRANDA Defensor BENJAMIN DOIZI Hora inicio: 14:50 Hora termino: 15: 03 Acta MMV Sala: 3 GARANTIA / VIDEOCONFERENCIA RUC 2000880042-2 RIT 4348-2020 Delito INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICA
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