C/ OSCAR EDUARDO VICENCIO CAIMANQUE
Rol
O-6601-2020
Fecha
4 de septiembre de 2020
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Hecho N° 1. El día 19 de abril del 2020, alrededor de las 16:30 horas, el imputado con ánimo de sustraer especies ingreso mediante escalamiento a la empresa ubicada en Calle Ñuble N° 627, comuna de Santiago, de propiedad de la víctima José Figueroa y una vez en su interior con el ánimo de no ser descubierto procedió a desconectar y destruir seis cámaras de foto sensores y seis cámaras de alta definición, siendo sorprendido por personal de Carabineros en el interior de la referida empresa. Hecho N° 2. El día 30 de abril del 2020, alrededor de las 18:16 horas, el imputado ingreso mediante escalamiento del portón que está al lado de la Calle Ñuble en los interiores del Establecimiento Educacional Liceo Bicentenario Italia, ubicado en Calle Nataniel Cox N° 1851, comuna de Santiago, en este lugar una vez ingresado el imputado recorrió y registro las distintas dependencias del Liceo con el propósito de sustraer especies apropiándose de un televisor marca Recco color negro dirigiéndose hasta la salida del Liceo, donde es sorprendido y siendo detenido por la víctima David Jiménez Ceballos, recuperándose en poder del imputado la especie previamente sustraída. SE DECLARA: I.- Que, se condena a OSCAR EDUARDO VICENCIO CAIMANQUE, ya individualizado, a la pena de 2 penas de 61 días de presido menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de dos delitos de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previstos en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, en grado de ejecución de FRUSTRADOS, hechos ocurridos en la comuna de Santiago, los días 19 de abril de 2020 y 30 de abril de 2020. CEYPRESRLV PILAR ANDREA AHUMADA OTAROLA Juez de garantía Fecha: 08/09/2020 15:18:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establ
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, se condena a OSCAR EDUARDO VICENCIO CAIMANQUE, ya individualizado, a la pena de 2 penas de 61 días de presido menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de dos delitos de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previstos en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, en grado de ejecución de FRUSTRADOS, hechos ocurridos en la comuna de Santiago, los días 19 de abril de 2020 y 30 de abril de 2020. CEYPRESRLV PILAR ANDREA AHUMADA OTAROLA Juez de garantía Fecha: 08/09/2020 15:18:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Las penas se le dan por cumplidas por el mayor tiempo de privación de libertad que ha tenido en la presente causa. III.- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos, se exime del pago de costas. IV.- Dese cumplimiento con dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Las partes renunciaron a los plazos. Dictada por doña PILAR ANDREA AHUMADA OTÁROLA, Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada o
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PROCEDIMIENTO: Simplificado. FECHA: Santiago, cuatro de septiembre de dos mil veinte. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PILAR ANDREA AHUMADA OTÁROLA RUC: 2000436625-6 RIT: 6601 - 2020 IMPUTADO: OSCAR EDUARDO VICENCIO CAIMANQUE C.I. 0018923668-9 2 DELITOS ROBO EN LUGAR NO HABITADO ARTICULO 442 N° 1 del Código Penal. PARTICIPACIÓN Autor G. DE DESARROLLO FRUSTRADOS ATEN
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