6º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JONATHAN SEBASTIÁN GAJARDO MADRID

Rol

O-331-2020

Fecha

12 de agosto de 2020

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: “Que en horas de la tarde, a eso de las 17:50 horas del día 18 de enero del año en curso, en la vía pública, específicamente en la intersección de Avenida Libertador Bernardo O´Higgins con calle Obispo Umaña en la comuna de Estación Central el imputado de marras, el señor Jonathan Sebastián Gajardo Madrid, hubo de aproximarse a un civil llamado Oscar Lepe, a quien le arrebató sorpresivamente un teléfono celular que mantenía en su mano y anteriormente en el bolsillo izquierdo de su vestimenta, yéndose del lugar, retirándose con la especie en su poder.”; Se transcriben las citas legales y la parte resolutiva de la sentencia dictada en audiencia de 12 de agosto de 2020 y cuyo texto íntegro consta en el registro de audio del Tribunal. Santiago, diecisiete de abril de dos mil diecinueve. …… Por lo razonado y lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6 y 9, 15, 30, 50, 69, 432, 436 y 449, todos ellos del Código Penal; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y 4° y 5° de la Ley N° 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a JONATHAN SEBASTIÁN GAJARDO MADRID, aquí presente, como autor de un delito de robo por sorpresa, cometido en horas de la tarde del 18 de enero del año en curso, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, a las siguientes penas: a) A la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO. b) A la suspensión de todo cargo y oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que a propósito de la pena privativa de libertad recientemente aplicada y conforme a lo ya razonado, este Tribunal sustituye dicha pena de presidio por la de remisión condicional, fijándole al sentenciado un lapso de NXDXREZGVX JUAN ENRIQUE OLIVARES URZUA Juez de garantía Fecha: 06/09/2020 23:58:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C onti

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a JONATHAN SEBASTIÁN GAJARDO MADRID, aquí presente, como autor de un delito de robo por sorpresa, cometido en horas de la tarde del 18 de enero del año en curso, en territorio jurisdiccional de este Tribunal, a las siguientes penas: a) A la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO. b) A la suspensión de todo cargo y oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que a propósito de la pena privativa de libertad recientemente aplicada y conforme a lo ya razonado, este Tribunal sustituye dicha pena de presidio por la de remisión condicional, fijándole al sentenciado un lapso de NXDXREZGVX JUAN ENRIQUE OLIVARES URZUA Juez de garantía Fecha: 06/09/2020 23:58:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl observación y tratamiento para ante el Centro de Reinserción Social correspondiente a su domicilio ascendente a UN AÑO. Para dar inicio al régimen de control que esta pena sustitutiva importa, el sentenciado deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social Santiago Norte (Avda. Recoleta N° 414, comuna de Recoleta) dentro de los primeros quince días del

Texto Completo (Preview)

EXTRACTO DE SENTENCIA PRONUNCIADA EN AUDIENCIA Sentenciado: JONATHAN SEBASTIÁN GAJARDO MADRID, cédula de identidad N° 20.142.882-3, domiciliado en calle ECA DE QUEIROZ Nº 7935, comuna de Cerro Navia. Hechos: “Que en horas de la tarde, a eso de las 17:50 horas del día 18 de enero del año en curso, en la vía pública, específicamente en la intersección de Avenida Libertador Bernardo O´Higgins con ca

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica