Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

PÉREZ/DILLEMS

Rol

O-543-2020

Fecha

14 de octubre de 2020

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS  Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que LORENA BEATRIZ PÉREZ HERNÁNDEZ RUT 17.726.976-K, cesante, con domicilio en Isabel Riquelme 02135, Temuco, demanda a MARCELO ALEXIS DILLEMS BURLANDO RUT 7.125.590-5, domiciliado en camino Temuco-Chol Chol Km.7 comuna de Temuco y expone: Presté servicios bajo subordinación y dependencia para la demandada, desde 1 de abril de 2018, en funciones de administrativa contable y funciones del establecimiento de talleres productivos denominado Promad Chile. La jornada laboral de lunes a viernes de 8.30 a 14 horas y de 14.45 a 18.15 horas. La remuneración para estos efectos era de $488.192. Con fecha 11 de marzo de 2020, fue despedida por la causal de necesidades de la empresa, mediante carta, que señala: Desde el año 2018, la empresa debió soportar una fuerte disminución de sus ingresos como consecuencia del cambio en las condiciones del mercado, lo cual nos ha dejado en varias oportunidades sin flujo para efectos de poder pagar las remuneraciones de nuestros trabajadores en forma íntegra (…). (…)en la actualidad la situación no nos deja otra alternativa que proceder a una reducción de personal, no solo en el departamentos de contabilidad al cual usted pertenecía, sino que también en otros departamentos. Esta situación ha generado además una serie de problemas para la empresa, lo que ha derivado en la imposibilidad de cumplir con todas las obligaciones impositivas y previsionales (…). Como consecuencia de lo anterior, la empresa ha debido soportar una serie de sanciones, intereses y multas (…) la única alternativa que nos queda en esta instancia es la de desvincular a trabajadores, entre ellos, usted. A lo anterior debe sumarse que atendido el gran volumen de trabajadores que prestan servicios (…) no ha sido posible solventar las obligaciones impositivas, razón por la cual existen, hasta la fecha, una serie de expedientes administrativos en Tesorería (…). Lo anterior deriva en la necesidad de prescindir de sus servicios, para efectos de quedar en condiciones de poder cumplir con todas las obligaciones impositivas, previsionales, remuneraciones, de proveedores y acreedores preferentes, que existen en la empresa, reconociendo sus años de servicio, así como la calidad de estos, durante toda la relación laboral. Esta decisión deriva de la necesidad de realizar una reestructuración y reinvención de la fábrica, procediendo a reducir y redistribuir funciones entre quienes permaneces en la empresa, para de esta forma ejecutar una racionalización de nuestros recursos, convenir formas de pago accesibles con nuestros acreedores y no caer en nuevos incumplimientos.   Es de relevancia indicar que, en la carta de despido, el ex empleador ofreció pagar a nuestra representada los siguientes montos a saber: a. Indemnización sustitutiva de aviso previo: $488.182.- b. Indemnización por años de servicio: $976.383.- Cabe mencionar que a la fecha de interponer esta demanda, el finiquito no ha sido extendido por el empleador y dichos montos no h

Fallo

se declara: I.- Que SE RECHAZA la demanda interpuesta por LORENA BEATRIZ PÉREZ HERNÁNDEZ en contra de MARCELO DILLEMS BURLANDO, en cuanto se declara que el término de contrato de trabajo de fecha 11 de marzo de 2020, es justificado. II.- Que SE ACOGE la demanda de nulidad del despido de fecha 11 de marzo de 2020, y se condena a la demandada al pago de la siguiente suma: 1.- $ 1.952.676 por concepto de nulidad del despido, correspondiente al periodo 12.03.2020 al 10.07.2020, inclusive.  III.- Que cada parte se hará cargo de sus costas. Regístrese. RIT    O-543-2020 RUC  20-4-0273295-5 Sentencia dictada por don CHRISTIAN OSSES CARES, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco.

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA Temuco,  catorce de octubre de dos mil veinte.  VISTOS  Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que LORENA BEATRIZ PÉREZ HERNÁNDEZ RUT 17.726.976-K, cesante, con domicilio en Isabel Riquelme 02135, Temuco, demanda a MARCELO ALEXIS DILLEMS BURLANDO RUT 7.125.590-5, domiciliado en camino Temuco-Chol Chol Km.7 comuna de Temuco y expone: Presté servicios bajo subordinación y dependencia para la demandada,

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