LUIS HUMBERTO CÉSPEDES CASTRO C/ RENÉ SEBASTIÁN OPORTO CANTIN
Rol
O-999-2020
Fecha
4 de septiembre de 2020
Materia
CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Las partes renuncian a los plazos y recursos legales. Dese cumplimiento oportuno a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. RIT 999 - 2020 RUC 1901326805-6 Pronunciada por doña MÓNICA YOLANDA SIERPE SCHEUCH, Juez de Garantía Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Cvv RVXCRDMWXQ Monica Yolanda Sierpe Scheuch Juez de garantía Fecha: 04/09/2020 11:30:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2020-09-04T11:30:11-0400 Corte Suprema Monica Yolanda Sierpe Scheuch Verificación Legal
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 Nº 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 49, 50, y 70 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 193 de la ley 18.290; se declara: I.- Que, SE CONDENA a RENÉ SEBASTIÁN OPORTO CANTIN, RUN N° 14.227.000-5, ya individualizado, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado bajo la influencia del alcohol causando lesiones leves, cometido en Puerto Montt el día 07 de diciembre de 2019, a la PENA de MULTA de UN TERCIO de UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la SUSPENSIÓN y/o PROHIBICIÓN de CONDUCIR, OBTENER y/o RENOVAR licencia de conducir o duplicado de la misma, por el término de TRES MESES. II.- Que, la pena de multa impuesta se le tiene POR CUMPLIDA con el periodo de detención sufrido en la presente causa con motivo de la realización de los procedimientos de rigor. III.- Que, no se le condena en costas por haber aceptado responsabilidad en los hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Las partes renuncian a los plazos y recursos legales. Dese cumplimiento oportuno a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. RIT 999 - 2020 RUC 1901326805-6 Pronunciada por doña MÓNICA YOLANDA SIERPE SCHEUCH, Juez de Garantía Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Cvv RVXCRDMWXQ Monica Yolanda Sierpe Scheuch Juez de gara
Texto Completo (Preview)
Sentencia: Puerto Montt, cuatro de septiembre de dos mil veinte. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14 Nº 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 49, 50, y 70 del Código Penal; artículos 45, 47, 295
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