1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ESPINOZA/SUÁREZ

Rol

O-4910-2020

Fecha

13 de octubre de 2020

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Existencia y estipulaciones de la relación laboral entre las partes. 2. Efectividad de los hechos consignados en la carta de despido comunicado al empleador y cumplimiento de las formalidades legales del autodespido. 3. Estado de pago de las cotizaciones previsionales del actor. 4. Efectividad de adeudarse las sumas correspondientes al feriado legal y feriado proporcional demandado. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE DEMANDANTE OFRECE: Documental: 1. Contrato de Trabajo de fecha 1º de julio de 2019. 2. Liquidaciones de remuneración de los meses de junio y julio de 2019. 3. Certificado de cotizaciones de AFP Planvital de fecha 8 de junio de 2020. 4. Certificado de cotizaciones de Fonasa de fecha 9 de junio de 2020. 5. Certificados de cotizaciones de AFC de fecha 9 de junio de 2020. 6. Carta de despido indirecto de fecha 10 de junio de 2020. 7. Comprobante de envío correo certificado de fecha 10 de junio de 2020. 8. Carta de despido indirecto dirigida a la Inspección del Trabajo de fecha 10 de junio de 2020, con su estampado de recepción fecha 12 de junio de 2020. 9. Seguimiento de envío y entrega correos de Chile. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental, la que deberá ser incorporada en la respectiva audiencia de juicio. PARTE DEMANDADA OFRECE PRUEBA: No comparece. FIJA JUICIO: Se fija la audiencia de juicio para el día de hoy a continuación de la presente audiencia. Siendo las 09:08 minutos, se da inicio a la audiencia de juicio. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE DEMANDANTE INCORPORA: Documental: 1. Contrato de Trabajo de fecha 1º de julio de 2019. 2. Liquidaciones de remuneración de los meses de junio y julio de 2019. 3. Certificado de cotizaciones de AFP Planvital de fecha 8 de junio de 2020. 4. Certificado de cotizaciones de Fonasa de fecha 9 de junio de 2020. 5. Certificados de cotizaciones de AFC de fecha 9 de junio de

Fallo

se declara: I. Que se ACOGE en todas sus partes la demanda deducida por don NICOLÁS LUCIANO ESPINOZA OSSES, en contra de don PEDRO ABELARDO SUÁREZ SANTANDER, todos ya individualizados, declarándose que el despido comunicado por el trabajador a su empleador con fecha 10 de junio de 2020 fue ajustado a derecho. Que la relación laboral terminó por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato por parte de la demandada. II. Que conforme al numeral precedente el Tribunal condena a la parte demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) La suma de $ 536.651.- por concepto de indemnización por falta de aviso previo. b) La suma de $1.609.953.- por concepto de indemnización por años de servicios. c) La suma de $804.976.- por concepto de recargo legal según lo dispuesto en la letra b) del artículo 168 del código del trabajo, esto es, un 50%. d) Remuneración por los 10 días trabajados en el mes de Junio de 2020, por la suma de $ 178.884.- e) Feriado legal comprendido por los periodos 20-11-2017 hasta el 20-11-2018 y desde el 20-11-2018 hasta el 20-11-2019 por la suma de $751.311. f) Feriado proporcional comprendido por el periodo 20-11-2019 hasta 10-06-2020 por la suma de $ 219.132.- g) La totalidad de las cotizaciones adeudas en AFP Plan vital, Fonasa, y AFC, según liquidación que se practicará en su oportunidad. h) Se condena así mismo, al pago de todas las remuneraciones por la suma correspondiente a $536.651.- desde la fecha del despido y hasta su conva

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO Ordinario FECHA 13/10/2020, Santiago RUC 20- 4-0285998-K RIT O-4910-2020 CARATULADO ESPINOZA/SUÁREZ MAGISTRADO FELIPE NORAMBUENA BARRALES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Victor de la Vega Zapata HORA DE INICIO 09:00 HORA DE TERMINO 09:16 SALA Sala Virtual 12 (3.3) Nº REGISTRO DE AUDIO 2040285998-K

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