Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso.

MINISTERIO PUBLICO C/ BÁRBARA ELENA INZULZA ARANCIBIA

Rol

O-68-2019

Fecha

1 de septiembre de 2020

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El día 15 de julio de 2018, alrededor de las 00:40 horas, un funcionario del OS7 de Carabineros debidamente autorizado para actuar como agente revelador, y habiendo advertido el personal de carabineros que la acusada Bárbara Elena Inzulza Arancibia ofrecía a viva voz en Avenida Ecuador, frente al Nº 170, Valparaíso, cogollos de Marihuana, le solicitó 01 dosis de dicha sustancia, ante lo cual la acusada le transfiere 01 bolsa contenedora de 500 miligramos de Cannabis Sativa en forma de cogollos, que mantenía sin contar con la autorización competente, a cambio de $5.000.- pesos. Ante lo cual, personal aprehensor procedió a efectuarle un control, siendo sorprendida portando 01 monedero con $9.000, entre los cuales se encontraba el billete utilizado por el agente revelador.” En concepto del Ministerio Público, estos hechos son constitutivos de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en los artículos 1 y 4 de la Ley 20.000, en grado de consumado. Atribuye a la encartada participación en calidad de autora, en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Procesal Penal, sin que concurran circunstancias modificatorias de responsabilidad. Por lo anterior, solicita se imponga la pena de 2 años de presidio menor en su grado medio, multa de 40 UTM, accesorias CHTRCGHVV Paula Andrea Ramos Vergara Juez Redactor Fecha: 02/09/2020 15:10:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Página 2 d

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha veintisiete de agosto del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, integrada por el Juez Presidente de Sala don Mario Fuentes Melo y por las Jueces doña Angela Carrasco Palma y doña Paula Ramos Vergara, se llevó a efecto mediante modalidad zoom, la audiencia de juicio oral en causa RUC N° 1800683295-0, RIT N° 68-2019, seguido en contra de BÁRBARA ELENA INZULZA ARANCIBIA, cédula nacional de identidad N° 18.999.450-8, nacida en Viña del Mar el 23 de septiembre de 1995, 24 años, soltera, dueña de casa, domiciliada en sector El Olivar, Las Estrellas, casa Nº 1B, Viña del Mar. Sostuvo la acusación el Ministerio Público de esta ciudad, representado por su fiscal María Loretto Herrmann Cortés y la defensa, en tanto, fue asumida por la abogado de la Defensoría Penal Pública María Alejandra Saba Tala, ambas con domicilios y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Que los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “El día 15 de julio de 2018, alrededor de las 00:40 horas, un funcionario del OS7 de Carabineros debidamente autorizado para actuar como agente revelador, y habiendo advertido el personal de carabineros que la acusada Bárbara Elena Inzulza Arancibia ofrecía a viva voz en Avenida Ecuador, frente al Nº 170, Valparaíso, cogollos de Marihuana, le solicitó 01 dosis de dicha sustancia, ante lo cual la acusada le transfiere 01 bolsa contenedora de 500 miligramos de Cannabis Sativa en forma de cogollos, que mantenía sin contar con la autorización competente, a cambio de $5.000.- pesos. Ante lo cual, personal aprehensor procedió a efectuarle un control, siendo sorprendida portando 01 monedero con $9.000, entre los cuales se encontraba el billete utilizado por el agente revelador.” En concepto del Ministerio Público, estos hechos son constitutivos de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en los artículos 1 y 4 de la Ley 20.000, en grado de consumado. Atribuye a la encartada participación en calidad de autora, en los términos del artículo 15 N° 1 del Código Procesal Penal, sin que concurran circunstancias modificatorias de responsabilidad. Por lo anterior, solicita se imponga la pena de 2 años de presidio menor en su grado medio, multa de 40 UTM, accesorias CHTRCGHVV Paula Andrea Ramos Vergara Juez Redactor Fecha: 02/09/2020 15:10:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Página 2 de 12 legales, registr

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 26, 30, 31, 47, 48, 49, 50, 67 y 70 del Código Penal; artículos 1, 7, 8, 12, 36, 45, 47, 53, 69, 77, 93, 98, 102, 282, 284, 285, 286, 289, 291, 295, 297, 298, 314, 315, 323, 325 a 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; artículos 1° y 4° de la Ley N° 20.000, artículo 1° del Reglamento de la Ley N° 20.000 y normas pertinentes de la Ley N° 18.216, se declara: I.- Que se condena a Bárbara Elena Inzulza Arancibia, cédula nacional de identidad N° 18.999.450-8, ya individualizada, a la pena de quinientos cuarenta y un (541) días de presidio menor en su grado medio, y a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en su calidad de autora de un delito de tráfico de pequeñas cantidades de estupefacientes, prescrito y sancionado en los artículos 4° y 1° de la Ley N° 20.000, CHTRCGHVV Paula Andrea Ramos Vergara Juez Redactor Fecha: 02/09/2020 15:10:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m

Texto Completo (Preview)

Página 1 de 12 DELITO: Tráfico ilícito de estupefacientes (Art. 4 Ley 20.000) RUC N°: 1800683295-0 RIT N°: 68-2019 ACUSADA: BARBARA ELENA INZULZA ARANCIBIA FISCAL: María Loretto Herrmann Cortes DEFENSOR: María Alejandra Saba Tala Valparaíso, uno de septiembre de dos mil veinte. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha veintisiete de agosto del año en curso, ante esta Sala del Tribunal de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica