FISCALIA IQUIQUE C/ CARLOS DANIEL MAMANI GARCILAZO
Rol
O-1289-2020
Fecha
25 de agosto de 2020
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS El día 01 de marzo de 2020, siendo las 22:25 horas aproximadamente en circunstancias que personal del servicio de aeronáutica civil de servicio en el aeropuerto Diego Aracena e la comuna de Iquique mientras realizaba labores propias de la especialidad procedió a fiscalizar a los pasajeros que ingresaban a la sala de embarque de dicho aeropuerto pudiendo descubrir que el acusado ya individualizado quien transportaba oculto debajo de su ropa y adosado a su cuerpo 186 ovoides contenedores de cocaína, durante su detención el acusado además evacuo 12 ovoides adicionales con lo que la incautación total de 198 ovoides de cocaína con un peso total 2.346 gramos aproximadamente con un porcentaje de pureza entre un 52 y un 70 porciento DELITO TRÁFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la RXERDLZES Veronica del Pilar Opazo Miranda Juez de garantía Fecha: 04/09/2020 12:42:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Ley 20.000 PARTICIPACIÓN: AUTOR GRADO DE EJECUCIÓN: CONSUMADO ADMISIÓN SI MODIFICATORIAS ART 11 N° 6 y ART 11 N° 9 SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO SE DECLARA: Que, se condena a CARLOS DANIEL MAMANI GARCILAZO, cédula de identidad Nº 0014877002-6, ya individualizado, como autor del delito consumado de Tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la Ley 20.000, ocurrido en la cuidad Iquique, el día 01 de marzo de 2020, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 4 años Presidio menor en su gra
Fallo
SE DECLARA: Que, se condena a CARLOS DANIEL MAMANI GARCILAZO, cédula de identidad Nº 0014877002-6, ya individualizado, como autor del delito consumado de Tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 3 y 1 de la Ley 20.000, ocurrido en la cuidad Iquique, el día 01 de marzo de 2020, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 4 años Presidio menor en su grado máximo En caso de revocación se considerará como abono todo el tiempo que el condenado ha estado privado de libertad por la presente causa, esto es desde el 1 de marzo de 2020, hasta el día de hoy con el descuento de los días con que se dio por cumplida la pena pecuniaria Expulsión artículo del territorio nacional Artículo 34 Ley 18.216 10 años (Prohibición de reingresar) Dentro del plazo de 30 días desde que se encuentre ejecutoriada la sentencia y una vez que cesen los impedimentos internacionales adoptados por la autoridad publica como consecuencia de la emergencia sanitaria actual PENA PECUNIARIA Multa Cuotas Primer vencimiento 40 Unidades Tributarias CUMPLIDA ---------- RXERDLZES Veronica del Pilar Opazo Miranda Juez de garantía Fecha: 04/09/2020 12:42:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hile
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Individualización de Audiencia de Procedimiento abreviado.. Fecha Iquique., veinticinco de agosto de dos mil veinte Magistrado VERONICA DEL PILAR OPAZO MIRANDA Fiscal JUAN ZACARIAS ZEPEDA ELGARRISTA Defensor MARIO EDUARDO VILLABLANCA MORALES Hora inicio 02:18PM Hora termino 02:35PM Sala SALA 3 Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique. Acta ora/hev RUC 2000232042-9 RIT 1289 – 2020 DELITO TRAFICO IL
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