PINTO/UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHILE
Rol
O-459-2020
Fecha
9 de octubre de 2020
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que MARÍA GLORIA PINTO LÓPEZ RUT 8.216.880-K, cirujano dentista, domiciliada en Santa Teresa 815-B, Temuco, demanda en juicio ordinario a la UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHILE, RUT 71.633.300-0, representada por Jaime Ribera Neumann, ambos domiciliados en calle Porvenir 580, Temuco y expone. RELACION LABORAL Y DURACION.- Que ingrese a prestar servicios bajo vinculo de subordinación y dependencia para la demanda la UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHILE, con fecha 15 de marzo de año 2012 hasta el 22 de enero del año 2020, durante el dicho periodo de tiempo desarrollo labores habituales y permanentes en la realización de clases y laboratorios, cronogramas, revisión y confecciones de pruebas (lo cual era supervisado y previamente aprobado por parte de la Directora de carrera o secretario de carrera ) y demás materiales audiovisuales, para el desarrollo de la clase y mejor aprendizaje de los alumnos , pero todo esto era bajo la falsa y aparente modalidad de funcionario a honorarios, en virtud de falsos y aparentes contratos de prestación de servicios a honorarios. LABORES O SERVICIOS PRESTADOS.- Que en conformidad al aparente, formal y falso contrato de honorarios fui contratada para cumplir las siguientes funciones: Según lo pactado la naturaleza de mi función era “docente de cátedras” de Patología oral y patología e inmunología general, además de los anteriores, histología buco dentaria y medicina oral. Las cuales desarrolle durante todo el tiempo que me desempeñe en la universidad como docente del área Odontológica, además era la única que tenía la especialidad de patóloga, debo recordar que fueron 8 años y durante todo este tiempo fui la especialista patóloga de más años de experiencia en el área. También debía, asistir a reuniones, capacitaciones, además de todo lo propio de la docencia, elaboración de pruebas y cronogramas ( los cuales debían ser aprobados por el jefe de carrera o secretario de carrera y si tenían algo, que por alguna razón no les gustaba, debía cambiarlo o no podía tomar la prueba al curso, hasta la ortografía se me revisaba), que mayor ejemplo de subordinación y dependencia y control por parte de mi empleador y debo hacer presente que la fecha en que debían ser tomadas las pruebas y exámenes eran fijados por la misma universidad. También era parte de mis labores tomar la asistencia de los alumnos y subirla además de revisar las pruebas y subir las notas a la plataforma, para lo cual contaba con mi página de usuario y un correo institucional, además de que cada docente tenía una carpeta con el nombre del profesor titular, del ramo la cual se debía ir a retirar antes de realizar cualquier clase, porque ahí estaba toda la información del curso, incluso sin esa carpeta no podía marcar mi asistencia y si no marcaba esta no se me pagaba lo que tenía que hacer de forma presencial. Debo mencionar al Tribunal que soy discapacitada, al comienzo de mi relación laboral tenía un 70% de discapacidad y al moment
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, 420 y 459 del Código del Trabajo; se declara: I.- Que SE ACOGE la excepción de Caducidad opuesta por la UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHILE respecto de la acción de despido injustificado deducida por MARÍA GLORIA PINTO LÓPEZ. II.- Que SE RECHAZA la demanda de declaración de relación laboral, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales y previsionales, interpuesta por MARÍA GLORIA PINTO LÓPEZ en contra de la UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHILE, sin costas. Regístrese. RIT O-459-2020 RUC 20-4-0268584-1 Sentencia dictada por don CHRISTIAN OSSES CARES, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco.
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA Temuco, nueve de octubre de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que MARÍA GLORIA PINTO LÓPEZ RUT 8.216.880-K, cirujano dentista, domiciliada en Santa Teresa 815-B, Temuco, demanda en juicio ordinario a la UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHILE, RUT 71.633.300-0, representada por Jaime Ribera Neumann, ambos domiciliados en calle Porvenir 580, Temuco y e
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