TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN BERNARDO

C/ NICOLÁS ELOY SOTOMAYOR SAGARDÍA

Rol

O-280-2019

Fecha

29 de agosto de 2020

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación presentada por el Ministerio Público, según el auto de apertura de juicio oral del Juzgado de Garantía de San Bernardo, de fecha 05 de agosto de 2019, son los siguientes: “El 3 de enero del 2019, a las 21:30 horas aproximadamente, Nicolás Eloy Sotomayor Sagardia, conducía, manteniendo en su poder, el vehículo DGHP.30 por Rayen Quitral intersección de María Graham de la comuna de San Bernardo, el cual había sido robado ese mismo día, conociendo o no pudiendo menos que conocer el imputado su origen ilícito”. Tales hechos, en concepto del Ministerio Público constituyen el delito de Receptación de vehículo motorizado, ilícito previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, en grado consumado, atribuyendo al acusado participación en calidad de autor, agrega que concurre la atenuante de irreprochable conducta anterior, por lo que requiere se aplique la pena de 4 años MARIA PILAR VALLADARES SANTANDER Juez Redactor Fecha: 29/08/2020 13:56:00 MARIA VERONICA ARANCIBIA PACHECO Juez Presidente Fecha: 29/08/2020 14:10:25 HXHKRBEYDX MARCELA ANDREA MIRANDA CORNEJO Juez Integrante Fecha: 30/08/2020 21:14:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 de presidio menor en su grado máximo, una multa de 5 U.T.M., penas accesorias legales y condena en costas. TERCERO: Alegaciones del Ministerio Público. En su alegato de apertura, afirma que probará los hechos de la acusación, particularmente la participación del acusado, momentos en que funcionarios de carabineros lo sorprenden conduciendo un vehículo, p

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes. Que, el día lunes veinticuatro del mes y año en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo, integrada por las magistradas doña María Verónica Arancibia Pacheco, doña Marcela Miranda Cornejo y doña María Pilar Valladares Santander, se celebró por sistema de videoconferencia a través de la plataforma Zoom, la audiencia de juicio oral en causa R.U.C. N° 1900014680-6, RIT N° 280-2019, seguida por el Ministerio Público, representado por la fiscal doña Karina Encina Lorca, en contra de NICOLAS ELOY SOTOMAYOR SAGARDIA, cédula de identidad N° 20.040.481-5, nacido el 04 de septiembre de 1998, 21 años, soltero, temporero, enseñanza básica incompleta, domiciliado en pasaje 12 de octubre N° 0626, San Bernardo, actualmente sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva en el C.C.P de Colina II, por causa diversa, representado por el defensor Penal Público don Rodrigo Catrifil Martínez, todos con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Contenido de la Acusación. Que, los hechos de la acusación presentada por el Ministerio Público, según el auto de apertura de juicio oral del Juzgado de Garantía de San Bernardo, de fecha 05 de agosto de 2019, son los siguientes: “El 3 de enero del 2019, a las 21:30 horas aproximadamente, Nicolás Eloy Sotomayor Sagardia, conducía, manteniendo en su poder, el vehículo DGHP.30 por Rayen Quitral intersección de María Graham de la comuna de San Bernardo, el cual había sido robado ese mismo día, conociendo o no pudiendo menos que conocer el imputado su origen ilícito”. Tales hechos, en concepto del Ministerio Público constituyen el delito de Receptación de vehículo motorizado, ilícito previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, en grado consumado, atribuyendo al acusado participación en calidad de autor, agrega que concurre la atenuante de irreprochable conducta anterior, por lo que requiere se aplique la pena de 4 años MARIA PILAR VALLADARES SANTANDER Juez Redactor Fecha: 29/08/2020 13:56:00 MARIA VERONICA ARANCIBIA PACHECO Juez Presidente Fecha: 29/08/2020 14:10:25 HXHKRBEYDX MARCELA ANDREA MIRANDA CORNEJO Juez Integrante Fecha: 30/08/2020 21:14:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 de presidio menor en su grado máximo, una multa de 5 U.T.M., penas accesorias legales y condena en costas. TERCERO: Alegaciones del Ministerio Público. En su alegato de apertura, afirma que probará los hechos de la acusación, particularmente la parti

Fallo

se acuerda muy bien por el tiempo. Era medio amplio, ancho, grande, un modelo nuevo. Sacó la bazuca, cierra la maletera y se va caminando por la misma calle, por la vereda. En ese mismo instante aparece carabineros y lo detienen, como lo vieron con el parlante, le hacen un control y lo llevan preso. Los carabineros se ponen a trajinar y pillan unas llaves del vehículo, debajo de un auto, que estaba estacionado dos autos más adelante del que estaba robado. Y ahí lo llevan preso por el vehículo, pero él iba como por la esquina cuando pillaron esa llave más atrás. Las pillaron un poco más adelante del auto. Sobre el registro, los carabineros cuando iba caminando con el parlante, vieron que el vehículo era robado, le hicieron el control, lo dejaron ahí y empezaron a buscar las llaves por los autos y las pillaron debajo de los autos, estacionados adelante del robado, había como dos autos más y de ahí sacaron las llaves que encontraron botada y ahí lo detuvieron por receptación. A la defensa, esto fue el 03 de enero de 2019, lo detuvieron como a las 9.00, aun había luz, recién se estaba oscureciendo, se dirigía al pasaje 12 de octubre. Estaba el vehículo estacionado con los pestillos abiertos, se notaba porque iba pasando, lo miró y estaban los pestillos abiertos, se dio cuenta porque iba por la vereda y el auto estaba ahí mismo estacionado en la calle, como mal estacionado, se dio cuenta altiro que era robado, se notaba. Respecto a signos de MARIA PILAR VALLADARES SANTANDER Jue

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1 TRIBUNAL : DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SAN BERNARDO. RUC : 1900014680-6. RIT : 280-2019. CONTRA : NICOLAS ELOY SOTOMAYOR SAGARDIA. DELITO : RECEPTACIÓN (Recalificación a Hurto). RIT GARANTIA : 166-2019. San Bernardo, sábado veintinueve de agosto de dos mil veinte. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes. Que, el día lunes veinticuatro del mes y año e

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