4º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ DAVID LEONARDO VENEGAS SALAZAR

Rol

O-4901-2020

Fecha

19 de agosto de 2020

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD, ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 23 de junio del año 2020, alrededor de las 21 horas, los 4 imputados David Leonardo Venegas Salazar, Marcelo Isaías Venegas Espinoza, Jose Cupertino Valdez Jerez y Paulo Andrés Sepúlveda Díaz, se trasladaban en el jeep, modelo Patriot PPU FDGH.42, hasta la empresa constructora Nalp SA, la que mantiene una construcción de viviendas en Avda. Fernando Castillo Velasco N° 10.726, comuna de La Reina, procediendo los imputados a ingresar a la propiedad mediante escalamiento del portón principal de 3 metros de alto, y una vez en su interior se dirigen una vivienda en construcción, sin que lograran sustraer especies, toda vez que en el lugar se encontraba un rondín, quien alertó a funcionarios de seguridad ciudadana y Carabineros, huyendo del lugar en el interior del vehículo ya señalado, el que era conducido por David Leonardo Venegas Salazar, siendo detenidos por Carabineros. Se hace presente además que ninguno de los imputados mantenía algún un permiso o autorización para transitar en la vía pública., infringiendo el aislamiento sanitario decretado por la resolución N° 467, de fecha 17 de junio del año 2020, poniendo en peligro la salud pública, ya que se ha decretado la cuarentena total en la provincia de Santiago. I. Que se condena a DAVID LEONARDO VENEGAS SALAZAR y JOSÉ CUPERTINO VALDÉS JEREZ ya individualizados, a la pena de TREINTA Y SIETE DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión para cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autores del delito de Robo En Lugar No Habitado, previsto y sancionado en el art. 442 del Código Penal, en grado de desarrollo tentativa, perpetrado en esta ciudad el día 23 de Junio de 2020 en la comuna de La Reina, en prejuicio de la víctima empresa constructora Nalp S.A. II. Que se condena a DAVID LEONARDO VENEGAS SALAZAR y JOSÉ CUPERTINO VALDÉS JEREZ ya individualizados, a la pena de multa de SEIS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, en calidad de autores del delito del artículo 318

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4° Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 9º piso, Edificio B. Fono: (02) 29757300 Fax: (02) 29757353 Centro de Justicia de Santiago Pág. 1 COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO.. FECHA: Santiago, diecinueve de agosto de dos mil veinte TRIBUNAL: 4º Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: MARIA CAROLINA HERRERA CORTES-MONROY RUC: 2000635660-6 RIT: 4901

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