LAUTARO ENRIQUE PARADA PARADA C/ ROSTIN JOSE CARMONA DAVID
Rol
O-1522-2020
Fecha
26 de agosto de 2020
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 25 de mayo de 2020, siendo las 22:30 horas aproximadamente, en circunstancias que personal de la tenencia de Huara realizaba labores de control en la aduana sanitaria ubicada en la ruta 5 norte a la altura del kilómetro 1839 sorprendió a ROSTIN JOSE CARMONA DAVID, estudiante de nacionalidad boliviana pasaporte 140046984 transitando por el lugar en un horario de toque de queda, razón por la cual se le solicitó e salvoconducto correspondiente toda vez que por resolución sanitaria N° 203 y reiterada por la resolución 217 del Ministerio de Salud estableció restricción para el tránsito en las vías públicas en horario de 22:00 horas a 05:00 para todo el territorio nacional, ello con el objeto de impedir la expansión de la pandemia por COVID 19, no manteniendo el requerido documento alguno .o salvoconducto que lo habilitara para el tránsito en la vía pública en dicho horario, razón por la cual se procedió a su detención toda vez que al incumplir con la norma sanitaria contribuye a la propagación del citado virus ” Pozo Almonte, veintiséis de agosto del año dos mil veinte Visto y
Fundamentos
considerando
Fallo
Se declara: Que se condena a ROSTIN JOSE CARMONA DAVID, de nacionalidad venezolana, pasaporte número 140046984, sin domicilio en Chile, como autor del delito consumado previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 25 de mayo del año 2020, a sufrir la pena de: PENA PECUNIARIA Multa a beneficio fiscal Cuotas Primer vencimiento 1 Unidad Tributaria Mensual NO Pena suspendida Observación: I.- Si el sentenciado paga la multa impuesta dentro del plazo de 15 días contados desde la notificación de la sentencia, solo estará obligado a enterar en arcas fiscales el 75% del monto de la multa impuesta, y en caso que el pago de la multa se efectúa fuera de este plazo, deberá pagar íntegramente la multa, esto es, con el valor de la unidad tributaria mensual vigente a la fecha del pago. En ambos casos, la multa deberá pagarse en arcas fiscales mediante el BPYXRXPYMM Edgardo Andres Castro Fuentes Juez de garantía Fecha: 26/08/2020 18:45:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.
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. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado
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