MINISTERIO PUBLICO C/ JUAN CLAUDIO RIVERA MUÑOZ
Rol
O-2-2020
Fecha
26 de agosto de 2020
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 8 de agosto de 2018 a las 7:30 horas aproximadamente el acusado JUAN CLAUDIO RIVERA MUÑOZ con la finalidad de sustraer especies, ingresó al domicilio de propiedad de doña EDITH SUBIABRE RUIZ ubicado en Calle 141 N° 851, comuna de Peñalolén, ingresando y escalando por una de las ventanas y apropiándose con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño de una mochila y set de cosméticos avaluados en $70.000 (setenta mil pesos) para luego retirarse del lugar. A las 08:30 del mismo día, el acusado JUAN CLAUDIO RIVERA MUÑOZ ingresó al domicilio de doña VANESSA CARHUICHIN VILCA ubicado en Calle 141 N° 910, comuna de Peñalolén, para lo cual escaló el muro perimetral y fracturó la puerta principal del inmueble, una vez dentro sustrajo con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño $600.000 en efectivo que estaban en una alcancía y la suma de $250.000 desde la billetera de Carhuinchin Vilca, momentos en que ingresó al inmueble la víctima JOSÉ MORALES MANCILLA encontrándose con el acusado cuando este se disponía a saltar el muro medianero para huir hacia la casa vecina, habiendo dejado en el patio un televisor y un balón de gas que antes estaban dentro de la casa. Dándose en definitiva a la fuga. JOSE MARIA ALEJANDRO TOLEDO CANALES Juez Redactor Fecha: 27/08/2020 10:00:30 BERNARDITA DE LOURDES GONZALEZ FIGARI Juez Presidente Fecha: 27/08/2020 11:28:33 XTNLRXVQJT OLGA MARIA ORTEGA MELO Juez Integrante Fecha: 27/08/2020 12:49:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 A juicio de esta Fiscalía los hechos descri
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 20 y 21 de los corrientes tuvo lugar audiencia de juicio oral con motivo de la acusación que interpuso el ministerio público en contra de JUAN CLAUDIO RIVERA MUÑOZ – chileno, soltero, cédula de identidad 13.072.791-3, cuya profesión u oficio se ignora, 8° básico, nacido el día 6 de mayo de 1976, 44 años de edad, domiciliado en esta ciudad, Calle 141, casa 890, Villa La Reina, comuna de Peñalolén –. Asistieron a la audiencia, además del acusado antes individualizado, los jueces del Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, Sra. Bernardita González Figari, quien presidió, Sra. Olga Ortega Melo y don José María Toledo Canales; el fiscal del ministerio público, don Samuel Constela Morales; y la defensa letrada particular, abogado don Hans Graver Muñoz. La acusación fue del tenor siguiente: “Hechos: El día 8 de agosto de 2018 a las 7:30 horas aproximadamente el acusado JUAN CLAUDIO RIVERA MUÑOZ con la finalidad de sustraer especies, ingresó al domicilio de propiedad de doña EDITH SUBIABRE RUIZ ubicado en Calle 141 N° 851, comuna de Peñalolén, ingresando y escalando por una de las ventanas y apropiándose con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño de una mochila y set de cosméticos avaluados en $70.000 (setenta mil pesos) para luego retirarse del lugar. A las 08:30 del mismo día, el acusado JUAN CLAUDIO RIVERA MUÑOZ ingresó al domicilio de doña VANESSA CARHUICHIN VILCA ubicado en Calle 141 N° 910, comuna de Peñalolén, para lo cual escaló el muro perimetral y fracturó la puerta principal del inmueble, una vez dentro sustrajo con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño $600.000 en efectivo que estaban en una alcancía y la suma de $250.000 desde la billetera de Carhuinchin Vilca, momentos en que ingresó al inmueble la víctima JOSÉ MORALES MANCILLA encontrándose con el acusado cuando este se disponía a saltar el muro medianero para huir hacia la casa vecina, habiendo dejado en el patio un televisor y un balón de gas que antes estaban dentro de la casa. Dándose en definitiva a la fuga. JOSE MARIA ALEJANDRO TOLEDO CANALES Juez Redactor Fecha: 27/08/2020 10:00:30 BERNARDITA DE LOURDES GONZALEZ FIGARI Juez Presidente Fecha: 27/08/2020 11:28:33 XTNLRXVQJT OLGA MARIA ORTEGA MELO Juez Integrante Fecha: 27/08/2020 12:49:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 A juicio de esta Fiscalía los hechos descritos son constitutivos de robo con fuerza en lugar habitado en carácter de reiterado, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal, en relació
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 297, 340, 341, 342, 343, 344, 344 y 346 del Código Procesal Penal, se resuelve: 1°.- ABSOLVER a JUAN CLAUDIO RIVERA MUÑOZ, antes individualizado, de los cargos que le formuló el ministerio público de haber sido autor de dos delitos de robo con fuerza en las cosas, cometidos en lugar habitado, que se dijeron perpetrados en horas de la mañana del 8 de agosto de 2018, en la comuna de Peñalolén, en perjuicio de Edith Subiabre Ruiz, de José Morales Mancilla y de Vanessa Carhuinchín. 2°.- Condenar al ministerio público al pago de las costas. Ejecutoriada esta sentencia remítase copia al Juzgado de Garantía que corresponda para conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, y en su oportunidad archívese. Redacción a cargo del juez José María Toledo Canales. RIT 2-2020 RUC 1800771200-2 JOSE MARIA ALEJANDRO TOLEDO CANALES Juez Redactor Fecha: 27/08/2020 10:00:30 BERNARDITA DE LOURDES GONZALEZ FIGARI Juez Presidente Fecha: 27/08/2020 11:28:33 XTNLRXVQJT OLGA MARIA ORTEGA MELO Juez Integrante Fecha: 27/08/2020 12:49:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla
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1 C/JUAN CLAUDIO RIVERA MUÑOZ. ROBOS (2) CON FUERZA EN LUGAR HABITADO (ART. 440 N°1 C° PENAL) RIT 2-2020 RUC 1800771200-2 Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veinte. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 20 y 21 de los corrientes tuvo lugar audiencia de juicio oral con motivo de la acusación que interpuso el ministerio público en contra de JUAN CLAUDIO RIVERA MUÑOZ – chileno
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