9º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ MAICKOL PATRICIO JIMENEZ GALLEGUILLOS

Rol

O-6189-2020

Fecha

30 de julio de 2020

Materia

PROPAGAR CONTAGIO A SABIENDAS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente los artículos 1, 11 N° 6, 15 N° 1, 70 y 318 del Código Penal y 390 inciso 2°, 391, 392 y 398 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se condena a MAICKOL PATRICIO JIMENEZ GALLEGUILLOS, ya individualizado, como autor del delito, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, cometido en la jurisdicción de este Tribunal, el día 29 de julio de 2020, al pago de una multa de Una Unidad Tributaria Mensual, concediéndose 3 cuotas mensuales y sucesivas para su pago. XXXCRXHYLX VANIA DEL PILAR BOUTAUD MEJIAS Juez de garantía Fecha: 27/08/2020 14:02:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl II.- La multa deberá pagarse en arcas fiscales mediante el respectivo pago a la Tesorería General de la República, por medio del formulario N° 10, dentro de los 15 días siguientes a la notificación, copia del cual deberá ser presentado al tribunal dentro de quinto día efectuado el pago, bajo apercibimiento de no tenerse por cumplida la sentencia. Si el imputado pagare la multa impuesta dentro del plazo indicado, solo estará obligado a enterar en arcas fiscales el 75% del monto de la multa impuesta. Si el pago de la multa se efectúa fuera de este plazo, deberán pagar íntegramente la multa, esto es, con el valor de la unidad tributaria mensual vigente a la fecha del pago. III.- En el mismo plazo de quince días siguientes a la notificación de esta sentencia, el imputado podrá reclamar del requerimiento señalado en el motivo primero de esta resolución y de la imposición de la multa o de su monto, caso e

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a MAICKOL PATRICIO JIMENEZ GALLEGUILLOS, ya individualizado, como autor del delito, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, cometido en la jurisdicción de este Tribunal, el día 29 de julio de 2020, al pago de una multa de Una Unidad Tributaria Mensual, concediéndose 3 cuotas mensuales y sucesivas para su pago. XXXCRXHYLX VANIA DEL PILAR BOUTAUD MEJIAS Juez de garantía Fecha: 27/08/2020 14:02:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl II.- La multa deberá pagarse en arcas fiscales mediante el respectivo pago a la Tesorería General de la República, por medio del formulario N° 10, dentro de los 15 días siguientes a la notificación, copia del cual deberá ser presentado al tribunal dentro de quinto día efectuado el pago, bajo apercibimiento de no tenerse por cumplida la sentencia. Si el imputado pagare la multa impuesta dentro del plazo indicado, solo estará obligado a enterar en arcas fiscales el 75% del monto de la multa impuesta. Si el pago de la multa se efectúa fuera de este plazo,

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Resumen de sentencia Tribunal Noveno Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Treinta de julio de dos mil veinte. Procedimiento Monitorio. R.U.C. 2000769329-0 R.I.T. 6189 – 2020 JUEZ VANIA DEL PILAR BOUTAUD MEJIAS FISCAL ALEJANDRO VIDAL BAEZA DEFENSOR NATALIA ANGELICA LETELIER ACEVEDO IMPUTADO MAICKOL PATRICIO JIMENEZ GALLEGUILLOS R.U.N 18.313.457-4 Domicilio Lafquen N° 61, Maipú. Fec

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