MP COQUIMBO C/ ANTONIO DE LOS ANGELES GONZÁLEZ BARBASTE
Rol
O-4495-2017
Fecha
25 de agosto de 2020
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 04/09/2017, a las 10:15 horas, aproximadamente, en la vía pública, calle Carmona, Coquimbo, el imputado ANTONIO DE LOS ÁNGELES GONZÁLES BASBASTE, en compañía de los imputados JOSÉ IGNACIO ALIAGA BARRERA Y BRIAN ANTONIO ROSALES GONZÁLEZ fue sorprendido por personal de la PDI "portando en una mochila color rojo un tubo de cobre curvo, dos tubos de cobre, un aspersor de riego, una boquilla de riego y un micrófono con su respectivo cable de audio, conociendo o no pudiendo menos que conocer el origen de tales especies, siendo las primeras 4 de propiedad de don CLAUDIO ALEJANDRO SMILOVIC ZEPEDA, dueño del inmueble ubicado en Videla N° 265, Coquimbo, el que había sido objeto de un delito de robo sufrido el mismo día 04/09/2017, a las 10:00 horas, aproximadamente. Asimismo, el micrófono y su cable, son de propiedad del Centro de Alumnos de Enfermería de la Universidad de La Serena sede Coquimbo, ubicada en calle Matta 147, Coquimbo, lugar que había sido objeto de un robo en la madrugada del mismo día 04/09/2017, donde habían además otras especies. B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los
Fundamentos
fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. Coquimbo, veinticinco de agosto de dos mil veinte. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N° 9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 50, 70, 456 BIS A, 449 del Código Penal; 297, 340, 341, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 8 y siguientes e la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que se CONDENA, a JOSÉ IGNACIO ALIAGA BARRERA, ya individualizado, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria de suspensión de oficio o cargo público durante el tiempo que dure la condena, a una MULTA de 1/3 de unidad tributaria mensual, por el hecho de ser autor en grado de desarrollo consumado de un delito de receptación de especies, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, hecho acaecido en la comuna de Coquimbo el 04 de septiembre de 2017, en perjuicio de la propiedad del Centro de Alumnos de la Universidad de La Serena en Coquimbo. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 8° y siguientes de la Ley 18.216, se le sustituirá la pena corporal por la RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, quedando sujeto a observación Gendarmería de Chile por el mismo lapso de la condena, debiendo ser instalada la tobillera electrónica a partir del informe de factibilidad técnica que la Defensa se compromete a presentar dentro de los próximos 5 días. Se hace presente que el imputado se encuentra privado de libertad y una vez que el imputado recupere su libertad, tendrá cinco días para presentarse en el Centro de Reinserción Social de la ciudad de La S
Texto Completo (Preview)
A.- HECHOS: El día 04/09/2017, a las 10:15 horas, aproximadamente, en la vía pública, calle Carmona, Coquimbo, el imputado ANTONIO DE LOS ÁNGELES GONZÁLES BASBASTE, en compañía de los imputados JOSÉ IGNACIO ALIAGA BARRERA Y BRIAN ANTONIO ROSALES GONZÁLEZ fue sorprendido por personal de la PDI "portando en una mochila color rojo un tubo de cobre curvo, dos tubos de cobre, un aspersor de riego, una
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