4º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ CRISTIAN ANDRÉS QUIROGA VELÁSQUEZ

Rol

O-175-2020

Fecha

25 de agosto de 2020

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos señalados, se decidió por Fiscalía separar investigación respecto de estos, generándose para tales efectos el RUC 1900231259-2. A juicio del persecutor, los hechos descritos, resultan ser constitutivos de los delitos de tráfico ilícito de substancias estupefacientes, previsto y sancionado en el art. 3 en relación al art. 1 de la ley 20000, en grado de ejecución consumado, del delito de tenencia ilegal de arma de fuego, previsto y sancionado en los arts. 9 en relación al art. 2 letra B de la ley 17798 y del delito de tenencia ilegal de municiones, previsto y sancionado en el art. 9 en relación al art. 2 letra C de la ley 17798, en grado de ejecución consumado. Estima que al acusado le ha correspondido participación de autor en los términos del artículo 15 N°1 del Código Penal, en todos los delitos mencionados A juicio del Ministerio Público concurre la circunstancia modificatoria agravante de responsabilidad penal, del artículo 12 N°16 del Código Penal. Previas citas legales, solicita la imposición de las siguientes penas: por el tráfico ilícito de substancias estupefacientes del art. 3 en relación al art. 1 de la ley 20000, la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, el pago de una multa de 200 unidades tributarias mensuales, accesorias legales del art. 28 del código penal, obtención de huella genética conforme lo dispone el art. 17 de la ley de Registro de ADN, con costas. Asimismo se solicita se le imponga en calidad de autor del delito de tenencia ilegal de arma de fuego la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales del art. 28 del Código Penal, con costas y se le imponga la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, accesorias legales del art. 30 del MARIA ELISA TAPIA ARAYA Juez Redactor Fecha: 25/08/2020 12:35:12 JOSE RAMON FLORES RAMIREZ Juez Integrante Fecha: 25/08/2020 12:49:16 XCCWRBNXDJ CELIA OLIVIA CATALAN ROMERO Juez Presidente Fecha: 28/08/2020 16:38:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECT

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los días diecinueve y veinte de agosto en curso, ante esta sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados doña Celia Catalán Romero, don José Flores Ramírez y doña María Elisa Tapia Araya, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en causa RIT N°175-2020, seguida en contra del acusado, Cristian Andrés Quiroga Velásquez, cédula de identidad Nº14.160.184-9, nacido el 9 de julio de 1980 en la ciudad de Santiago, soltero, 39 años, domiciliado en calle Los Atacameños N° 2570, comuna de Renca. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el Fiscal, don Luis Alejandro Vacca Soria, con domicilio y forma de notificación registrada en el tribunal. La defensa estuvo a cargo del Defensor Privado, don Patricio Cofré Soto, con domicilio y forma de notificación registrada en el tribunal. SEGUNDO: Que la acusación deducida por el Ministerio Público es del siguiente tenor: En circunstancias de que existía una investigación realizada por el OS-7 de carabineros, bajo la dirección de la Fiscalía Maipú en causa ruc 1701110685-4, en la cual se contaba con interceptación de comunicaciones telefónicas autorizadas por el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago respecto del imputado CRISTIAN ANDRES QUIROGA VELASQUEZ, ya individualizado, se tomó conocimiento por funcionarios del OS-7 de que el día 1 de Marzo del 2019 éste se iba a contactar con una mujer para realizar una entrega de droga, concertándose ambos para que dicha transacción se verificara en el inmueble ubicado en calle Manuel Rodríguez 4402, en la comuna de Estación Central. En atención a los antecedentes señalados, Fiscalía instruyó a los funcionarios policiales del OS-7 para que efectuaran vigilancias y seguimientos respecto del imputado Cristian Quiroga Velásquez, constatando que aproximadamente a las 21:30 horas del 1 de Marzo del 2019, llegó hasta el inmueble antes señalado la mujer con la cual iba a efectuar la transacción de droga, la cual bajó de un vehículo marca Chevrolet, modelo Spark, PPU CTCC-15, color plateado, para ingresar ésta al inmueble ya señalado, lugar en el cual el imputado Quiroga Velásquez le vendió una bolsa contenedora de 259 gramos de clorhidrato de cocaína en $500.000. MARIA ELISA TAPIA ARAYA Juez Redactor Fecha: 25/08/2020 12:35:12 JOSE RAMON FLORES RAMIREZ Juez Integrante Fecha: 25/08/2020 12:49:16 XCCWRBNXDJ CELIA OLIVIA CATALAN ROMERO Juez Presidente Fecha: 28/08/2020 16:38:37 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 Posteriormente, la im

Fallo

En mérito de lo expuesto, se ha establecido suficientemente, que a Cristian Andrés Quiroga Velásquez, le correspondió participación en calidad de autor en los términos del artículo 15 N°1, en el delito de tráfico de drogas o estupefaciente que se ha dejado establecido precedentemente. DÉCIMO TERCERO: Que en la dictación del veredicto, se comunicó decisión de absolución, respecto de los delitos de tenencia ilegal de arma y tenencia ilegal de municiones, decisión basada en el análisis de la prueba rendida por el acusador. Que con la declaración del mayor de carabineros Gorka Mauricio Verde López, de OS7 y del capitán Aguirre, se estableció que al ejecutar la orden de entrada y registro del domicilio ubicado en calle Manuel Rodríguez N°4402, donde vive el padre y el hermano del acusado, se encontró en el entretecho del baño, un bolso conteniendo una pistola marca Glock modelo 17 serie NPB271, calibre 9 19 milímetros, tres cargadores del mismo calibre y 51 cartuchos o municiones también del mismo calibre y uno de los cargadores puesto en el arma y dos externos, evidencias cuyo NUE corresponde al 4985529 que fue fijado fotográficamente, según imágenes 18 a 27, que fueron reconocidas por el testigo, determinando el perito armero Jimmy Muñoz Lagos, que el arma, se trataba de una pistola que estaba apta para el disparo, que los cargadores correspondían al arma y que las municiones, también estaban aptas para ser disparadas, lo que refrendó con las fotografías 1, 2 y 3, correspondie

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1 DELITOS: tráfico ilícito de estupefacientes, tenencia ilegal de arma de fuego y tenencia ilegal de municiones. ACUSADO: CRISTIAN ANDRÉS QUIROGA VELÁSQUEZ RUC: 1900231259-2 RIT: 175-2020 Santiago, veinticuatro de agosto de dos mil veinte. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los días diecinueve y veinte de agosto en curso, ante esta sala del Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrad

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