SOCIEDAD DE INSTRUCCIÓN PRIMARIA DE SANTIAGO/INSPECCIÓN COMUNAL DE TRABAJO SANTIAGO NORTE
Rol
I-466-2019
Fecha
8 de octubre de 2020
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y de derecho que expone, con fecha 11 de octubre de 2019, llegó por correo certificado al domicilio de su representada, la resolución N°369 de fecha 08 de octubre de 2019, dictada por la Dirección Del Trabajo Santiago Norte; la cual y según la información del código de barra dispuesto en dicha carta certificada, fue recepcionada por la oficina de Correos de Chile -sucursal Plaza de Armas- con fecha 09 de octubre del año 2019. En consideración de la información anterior y de lo dispuesto en el artículo 508 del Código del trabajo, dicha resolución se debe entender notificada a su representada con fecha 17 de octubre de 2019. Que atendido el plazo de 15 días para presentar el recurso de reclamación judicial -que otorga el artículo 512 inciso 2do del Código del Trabajo- ha de entenderse que este recurso se presenta dentro de plazo. Indica que la Dirección del Trabajo Santiago Norte, por intermedio del acta fiscalización N°1068, denominado "Acta de Notificación de Requerimiento de Documentación y Citación", de fecha 09 de abril de 2019, firmada por la fiscalizadora doña Julia Patricia Salas Zurita, se citó a su representada a una audiencia para el día 12 de abril de 2019, a las 16:00hrs, en dependencias de la Dirección del Trabajo Santiago Norte, ubicado en San Antonio 427, piso 6, oficina 615 de la comuna de Santiago, y en la cual se le exigió a su representada la presentación de los siguientes documentos: · Contrato de trabajo de doña Alejandra Aguilera Sepúlveda. · Reglamento interno · Liquidaciones de sueldo 01/2018 al 03/2019 de Alejandra Aguilera Sepúlveda. · Comprobante de licencias médicas de Alejandra Aguilera Sepúlveda. · Certificado previsional, mismo periodo · Todo documento relativo a la docente Alejandra Aguilera Sepúlveda. · Actas de evaluaciones PTD y procedimiento de evaluaciones, reglamento de bono. · Planilla Mutual 02 y 03/2019 Agrega que, llegada la fecha de la realización de la citación el día 12 de abril de 2019, a las 16:00hr
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece Cecilia Gazmuri Schleyer, chilena, casada, ingeniero comercial, cédula de identidad número 7.032.214-5, en representación, como se acredita, de la Sociedad de Instrucción Primaria de Santiago, Rol único Tributario número 82.648.400-4, ambas con domicilio en Phillips 16, piso 7, oficina O, de la comuna y ciudad de Santiago, quien viene en interponer recurso de reclamación judicial del artículo 512 inciso 2do del Código del Trabajo en relación al artículo 511 del mismo cuerpo legal, en contra del Inspector comunal del Trabajo Santiago Norte, Sr. Fernando Campos Codorniu, ignora Rut y profesión, domiciliado en San Antonio N°427, 6to piso, respecto de la resolución administrativa número 369 de fecha 08 de octubre de 2019, que resuelve la solicitud de reconsideración de multas administrativas, y por la cual se condena a su representada a una multa ascendente a trece ingresos mínimos mensuales, por supuestas infracciones a la legislación laboral, y con el mérito de las alegaciones que se indicarán y demás antecedentes que se acompañarán, se sirva acoger la presente reclamación, y en definitiva se deje sin efecto la resolución que se reclama todo con costas amparado en los antecedentes de hecho y de derecho que expone, con fecha 11 de octubre de 2019, llegó por correo certificado al domicilio de su representada, la resolución N°369 de fecha 08 de octubre de 2019, dictada por la Dirección Del Trabajo Santiago Norte; la cual y según la información del código de barra dispuesto en dicha carta certificada, fue recepcionada por la oficina de Correos de Chile -sucursal Plaza de Armas- con fecha 09 de octubre del año 2019. En consideración de la información anterior y de lo dispuesto en el artículo 508 del Código del trabajo, dicha resolución se debe entender notificada a su representada con fecha 17 de octubre de 2019. Que atendido el plazo de 15 días para presentar el recurso de reclamación judicial -que otorga el artículo 512 inciso 2do del Código del Trabajo- ha de entenderse que este recurso se presenta dentro de plazo. Indica que la Dirección del Trabajo Santiago Norte, por intermedio del acta fiscalización N°1068, denominado "Acta de Notificación de Requerimiento de Documentación y Citación", de fecha 09 de abril de 2019, firmada por la fiscalizadora doña Julia Patricia Salas Zurita, se citó a su representada a una audiencia para el día 12 de abril de 2019, a las 16:00hrs, en dependencias de la Dirección del Trabajo Santiago Norte, ubicado en San Antonio 427, piso 6, oficina 615 de la comuna de Santiago, y en la cual se le exigió a su representada la presentación de los siguientes documentos: · Contrato de trabajo de doña Alejandra Aguilera Sepúlveda. · Reglamento interno · Liquidaciones de sueldo 01/2018 al 03/2019 de Alejandra Aguilera Sepúlveda. · Comprobante de licencias médicas de Alejandra Aguilera Sepúlveda. · Certificado previsional, mismo periodo · Todo documento relativo a la docente Alejandra Aguilera Sepúl
Fallo
en mérito de lo expuesto y en definitiva, se deje sin efecto la multa impuesta a mi representada. SEGUNDO: Que a su turno comparece JAVIERA ÁLVAREZ VERA, Abogada, por la parte reclamada, en autos sobre reclamación de multa administrativa, quien encontrándose dentro de plazo, viene en contestar el reclamo deducido en contra de la resolución N° 369 dictada el 8 de octubre de 2019, que rebaja en un 40% el monto original de la primera infracción, y que mantiene la multa respecto de la segunda contravención; negando todos los hechos presentados en el reclamo por la contraria, salvo aquellos expresamente admitidos; solicitando su rechazo en todas sus partes, con expresa condena en costas, en razón de las siguientes consideraciones de hecho y de Derecho que pasa a exponer: expone que la multa por la cual se solicitó su reconsideración corresponde a la n° 4240/19/46 de fecha 12 de abril de 2019, que se cursó por lo siguiente: 1. No exhibir con fechas 09 y 12 de abril 2019, toda la documentación exigida que deriva de las relaciones de trabajo, necesaria para efectuar las labores de fiscalización, según el siguiente detalle: contrato de trabajo, reglamento interno, liquidaciones de sueldo enero a marzo 2019, comprobantes de licencias médicas y certificado previsional, mismo período evaluaciones PTD y procedimiento de evaluaciones, reglamento de bono, todo relativo a la docente, doña Alejandra Aguilera Sepúlveda. Infringiendo los artículos 31 y 32 del DFL N° 2 de 1967, del ministerio de
Texto Completo (Preview)
Santiago, ocho de octubre de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece Cecilia Gazmuri Schleyer, chilena, casada, ingeniero comercial, cédula de identidad número 7.032.214-5, en representación, como se acredita, de la Sociedad de Instrucción Primaria de Santiago, Rol único Tributario número 82.648.400-4, ambas con domicilio en Phillips 16, piso 7, oficina O, de la comuna
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