SERGIO JULIAN CONTRERAS BUSTOS C/ OSCAR OSVALDO MUÑOZ GONZÁLEZ
Rol
O-1187-2020
Fecha
24 de agosto de 2020
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 29 de mayo de 2020, a las 23:10 horas, mientras personal militar se encontraban patrullando por la comuna de Pozo Almonte sorprenden transitando por calle Balmaceda frente al N° 433, al requerido OSCAR OSVALDO MUÑOZ GONZALEZ el que se encontraba en la vía pública y no contaba con salvoconducto que le permita transitar por la vía pública con lo cual fue retenido y posteriormente detenido por personal policial por infringir las medidas de aislamiento o cuarentena de todos los habitantes de la república, que obliga a permanecer en el domicilio habitual entre las 22:00 y las 05:00 hrs., infringiendo con ello la resolución Nº 212/27.03.2020 del Ministerio de Salud que dispone medidas sanitarias.” Pozo Almonte, veinticuatro de agosto del año dos mil veinte Visto y
Fundamentos
considerando
Fallo
Se declara: Que se condena a OSCAR OSVALDO MUÑOZ GONZÁLEZ, cédula de identidad 13.094.968-1, domiciliado en calle Libertad N° 1140, comuna de Pozo Almonte, como autor del delito consumado previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 29 de mayo del año 2020, a sufrir la pena de: PENA PECUNIARIA Multa a beneficio fiscal Cuotas Primer vencimiento 2 Unidades Tributarias Mensuales NO Pena suspendida Observación: I.- Si el sentenciado paga la multa impuesta dentro del plazo de 15 días contados desde la notificación de la sentencia, solo estará obligado a enterar en arcas fiscales el 75% del monto de la multa impuesta, y en caso que el pago de la multa se efectúa fuera de este plazo, deberá pagar íntegramente la multa, esto es, con el valor de la unidad tributaria mensual vigente a la fecha del pago. En ambos casos, la multa deberá pagarse en arcas fiscales mediante el respectivo pago a la Tesorería General de la República, por medio del formulario N° 10, copia del cual deberá ser presentado al tribunal. JEZPQZMFTX Edgardo Andres Castro Fuentes Juez de garantía Fecha: 24/08/2020 14:10:08 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una h
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. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado
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