Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua.

MP C/ BRAYAN ANDRÉS CASTRO VARGAS

Rol

O-647-2019

Fecha

20 de agosto de 2020

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos en que se funda la acusación fiscal son los siguientes: “El día 16 de junio del año 2019 a las 4:25 horas aproximadamente de la madrugada el imputado Bryan Castro Vargas llegó hasta calle los mirlos a la altura del N°171, Villa Los Húsares, en la comuna de Rancagua lugar en el cual se encontraba estacionado en la vía pública un automóvil marca Fiat modelo Bravo color gris placa patente RE-4331, de propiedad de la víctima de iniciales M.I.G.F., rompiendo el imputado un vidrio del mencionado automóvil costado derecho introduciendo el imputado su cuerpo en el móvil hasta la cintura y sustrayendo desde el interior un Notebook marca Acer color negro el cuál es avaluado por la víctima en la suma de $700.000 huyendo el imputado con la especie en su poder, siendo visto todo esto por personal de carabineros que realizaban patrullaje preventivo por el lugar siendo detenido en ese momento por dicho personal”. El Ministerio Público calificó los hechos como constitutivos del delito de ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, delito que se encuentra en grado de ejecución FRUSTRADO, Miguel Angel Santibañez Artigas Juez Redactor Fecha: 21/08/2020 11:22:18 DAVID EDUARDO GOMEZ PALMA Juez Integrante Fecha: 21/08/2020 14:51:59 XDJTQZDNSX Joaquin Ignacio Nilo Valdebenito Juez Presidente Fecha: 22/08/2020 19:14:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 correspondiéndole al acusado la participación en calidad de AUTOR EJECUTOR de acuerdo al artículo 15 N° 1 del Código Penal.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua en sala integrada por los jueces señores Joaquín Nilo Valdebenito - quien presidió-, David Gómez Palma y Miguel Ángel Santibáñez Artigas, se llevó a efecto el día 18 de agosto actual, la audiencia del juicio oral en causa RUC 1.900.642.139-6 y RIT N° 647-2019, seguida en contra del acusado BRAYAN ANDRÉS CASTRO VARGAS, cédula de identidad N° 19.979.358-6, chileno, 21 años, soltero, sin oficio, domiciliado en calle Carmen 1421, comuna de Curicó. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el Fiscal adjunto de Rancagua, don Jorge Escobar Fuenzalida, en tanto que la asesoría letrada del imputado estuvo a cargo del Defensor Penal Público, don Cesar Zamorano Quitral; ambos con domicilio y forma de notificación ya registradas en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos en que se funda la acusación fiscal son los siguientes: “El día 16 de junio del año 2019 a las 4:25 horas aproximadamente de la madrugada el imputado Bryan Castro Vargas llegó hasta calle los mirlos a la altura del N°171, Villa Los Húsares, en la comuna de Rancagua lugar en el cual se encontraba estacionado en la vía pública un automóvil marca Fiat modelo Bravo color gris placa patente RE-4331, de propiedad de la víctima de iniciales M.I.G.F., rompiendo el imputado un vidrio del mencionado automóvil costado derecho introduciendo el imputado su cuerpo en el móvil hasta la cintura y sustrayendo desde el interior un Notebook marca Acer color negro el cuál es avaluado por la víctima en la suma de $700.000 huyendo el imputado con la especie en su poder, siendo visto todo esto por personal de carabineros que realizaban patrullaje preventivo por el lugar siendo detenido en ese momento por dicho personal”. El Ministerio Público calificó los hechos como constitutivos del delito de ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, delito que se encuentra en grado de ejecución FRUSTRADO, Miguel Angel Santibañez Artigas Juez Redactor Fecha: 21/08/2020 11:22:18 DAVID EDUARDO GOMEZ PALMA Juez Integrante Fecha: 21/08/2020 14:51:59 XDJTQZDNSX Joaquin Ignacio Nilo Valdebenito Juez Presidente Fecha: 22/08/2020 19:14:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 correspondiéndole al acusado la participación en calidad de AUTOR EJECUTOR de acuerdo al artículo 15 N° 1 del Código Penal. Señala que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. En atención a lo

Fallo

Por tanto, se comprobó que al acusado le correspondió una participación inmediata y directa en la perpetración del ilícito, en calidad de autor, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. EN CUANTO A LAS CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL Y DETERMINACIÓN DE LA PENA. DECIMOQUINTO: Peticiones efectuadas en la audiencia de determinación de pena. A.- El Ministerio Público expuso que concurre la atenuante del artículo 11 número 6 del Código Penal, atendida la irreprochable conducta anterior del encausado. Acompaña extracto de antecedentes del acusado Castro, libre de anotaciones penales pretéritas. Solicita, se imponga la pena de 61 días presidio menor en grado mínimo, atendido el grado de frustrado del ilícito. B.- La defensa expuso que concuerda con el Ministerio Público en cuanto a la circunstancia atenuante y la pena pedida. Miguel Angel Santibañez Artigas Juez Redactor Fecha: 21/08/2020 11:22:18 DAVID EDUARDO GOMEZ PALMA Juez Integrante Fecha: 21/08/2020 14:51:59 XDJTQZDNSX Joaquin Ignacio Nilo Valdebenito Juez Presidente Fecha: 22/08/2020 19:14:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla

Texto Completo (Preview)

1 Rancagua, veintiuno de agosto de dos mil veinte. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua en sala integrada por los jueces señores Joaquín Nilo Valdebenito - quien presidió-, David Gómez Palma y Miguel Ángel Santibáñez Artigas, se llevó a efecto el día 18 de agosto actual, la audiencia del juicio oral en causa

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