JULIO ANDRES LEAL PARDO C/ DANILO ANDRÉS TAPIA MELLADO
Rol
O-13273-2019
Fecha
6 de agosto de 2020
Materia
QUEBRANTAMIENTO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 6 de noviembre de 2019 el imputado DANILO ANDRÉS TAPIA MELLADO no regresó al complejo penitenciario de Valparaíso después de haber hecho uso del beneficio intervenir en serio de salida laboral el cual se encontraba debidamente autorizado ignorándose los
Fundamentos
motivos de su no-presentación quebrantando de esta manera el imputado sus condenas dictadas en causa N° 2699 - 2011 del juzgado de garantía de Quillota por el delito de robo con fuerza en lugar habitado sancionado a una pena de 541 días de presidio menor en su grado mínimo causa RIT N° 126- 2012 del tribunal oral en lo penal de Quillota por el delito robo con fuerza en lugar destinado a la habitación condenado a 05 años un día de presidio mayor en su grado mínimo y causar RIT N° 1792-2012 del juzgado de garantía de Quillota por el delito de robo con fuerza en lugar habitado condenado a 03 años un día de presidio menor en su grado máximo”. Valparaíso, a seis de agosto de dos mil veinte VISTO Y TENIENDO PRESENTE: La parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. Visto además lo dispuesto en los artículos pertinentes del Código Penal y del Código Procesal Penal;
Fallo
se declara: I.- Que, se condena al imputado DANILO ANDRÉS TAPIA MELLADO, presente en esta audiencia, a la pena de UN DÍA DE INCOMUNICACIÓN con personas extrañas al establecimiento penal, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito de quebrantamiento de sentencia o pena del artículo 90 N° 1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, responsabilidad del imputado en calidad de autor, cometido el día 6 de noviembre del año 2019 en territorio jurisdiccional de este tribunal. III.- Que, no se condena en costas al sentenciado, por haber renunciado a su derecho a un juicio. Sentencia ejecutoriada. Dictada por don FELIPE EDUARDO CONTRERAS BIANCHI., Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Valparaíso. WNKNQXEHRP Felipe Eduardo Contreras Bianchi Juez de garantía Fecha: 11/08/2020 15:38:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2020-08-11T15:30:27-0300 Corte Suprema Felipe Eduardo Contreras Bianchi Verificación Legal
Texto Completo (Preview)
RUC N° 1901215643-2 RIT N° 13273 – 2019 C/DANILO ANDRÉS TAPIA MELLADO, cédula de identidad N°18.257.469-4, domiciliado en Sector población Aconcagua sur pasaje 15 casa N°º 315, Quillota. hechos: “El día 6 de noviembre de 2019 el imputado DANILO ANDRÉS TAPIA MELLADO no regresó al complejo penitenciario de Valparaíso después de haber hecho uso del beneficio intervenir en serio de salida laboral el
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