Juzgado de Garantía de la Serena.

MP C/ CLAUDIO IVÁN ROJO BARRIOS

Rol

O-3894-2020

Fecha

7 de agosto de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público de esta ciudad, interpuso requerimiento verbal en procedimiento simplificado, según lo dispuesto en el artículo 393 bis del Código Procesal Penal, en contra de don CLAUDIO IVÁN ROJO BARRIOS, cédula nacional de identidad N° 11.471.381-3, chileno, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Teniente merino N° 2638, comuna de La Serena, representado en la audiencia por un abogado de la Defensoría Penal Pública, y solicitó se le sancionara por su responsabilidad como autor de un delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1, en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, en grado de tentado, pidiendo por ello la imposición de una pena de 60 días de prisión en su grado máximo, más la accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena y costas. Que, los hechos fundantes del requerimiento son los siguientes, que se reproducen textualmente de la exposición efectuada por la fiscal: “El día 31 de mayo de 2020, a las 10:55 horas aproximadamente, el imputado Claudio Iván Rojo Barrios, ingresó por vía no destinada al efecto al colegio “Darío Salas”, ubicado en calle Valparaíso Nº 2592, Población Las Compañías, La Serena, para lo cual realizó un forado bajo un portón lateral de dicho recinto educacional dirigiéndose a las distintas dependencias interiores desde donde procedió a forzar un lavamanos al cual le sustrajo una llave plateada con flexibles de aluminio, cables de telefonía e internet y la parte superior de un poste de alumbrado, de propiedad de dicho recinto, las que había puesto al interior de la mochila y en saco que portaba, siendo sorprendido y detenido por Carabineros en el interior con dichas especies en su poder.” SEGUNDO: Que, en el requerimiento se indicó que no concurrían circunstancias modificatorias responsabilidad penal; y para el evento que admitiera responsabilidad en la audiencia, el fiscal presente señaló que concurría la circunstancia atenuante de colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos establecida en el Nº 9 del artículo 11 del Código Penal, y aplicaba en la especie la facultad referida en el artículo 395 del Código Procesal Penal; conforme a lo cual modificó su requerimiento, solicitando la imposición de una pena de 31 días de prisión en su grado medio, accesorias legales y costas. XJQTQTXWXF PEDRO ALVARO ROJAS CASTRO Juez de garantía Fecha: 07/08/2020 14:38:33 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .hora

Fallo

se resuelve: XJQTQTXWXF PEDRO ALVARO ROJAS CASTRO Juez de garantía Fecha: 07/08/2020 14:38:33 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO RUC Nº: 2000.547.943-7. RIT Nº: 3.894-2020. DELITO: Robo en lugar no habitado. SENTENCIADO: Claudio Iván Rojo Barrios. 4 I.- Que, SE CONDENA a CLAUDIO IVÁN ROJO BARRIOS, cédula nacional de identidad N° 11.471.381-3, ya individualizado, a sufrir la pena de TREINTA Y UN DIAS de prisión en su grado medio y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas que se encuentran en un lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, en grado de tentado, perpetrado en esta ciudad el día treinta y uno de mayo del año dos mil veinte. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 11 de la Ley N°18.216 y, concurriendo la expresa voluntad del sentenciado, se le sustituye el

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Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO RUC Nº: 2000.547.943-7. RIT Nº: 3.894-2020. DELITO: Robo en lugar no habitado. SENTENCIADO: Claudio Iván Rojo Barrios. 1 La Serena, a siete de agosto del año dos mil veinte. VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público de esta ciudad, interpuso requerimiento verb

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