MP C/ MARCOS ANTONIO VALENCIA LARA
Rol
O-12323-2019
Fecha
20 de julio de 2020
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y oído: Se tuvo por acreditado que el día 5 de diciembre de 2019 funcionarios policiales en una pesquisa por infracción a la ley 20.000 efectuaron un control de identidad a Marcos Antonio Valencia Lara, cédula de identidad Nº 15.260.973-6, nacido el día 2 de febrero de 1977, vendedor, domiciliado en calle Río Miño N° 401, Temuco, constatando que portaba en el automóvil que conducía 41 frascos de flemibron, medicamento sujeto a control de estupefacientes, encontrándose además en su domicilio otros frascos de la misma sustancia, incautándosele además 125 frascos de flemibron. Que el contenido íntegro de la sentencia se encuentra registrado en el audio respectivo de esta misma fecha, de la cual solo se transcribe la parte resolutiva, en virtud de lo dispuesto en el Auto Acordado de fecha 14 de marzo de 2014, dictado por la Excelentísima Corte Suprema y contenido en el acta Nº 40- 2014; Y VISTOS ADEMAS; Lo prevenido en los artículos 83 de la Constitución Política de la República de Chile y 1 de la Ley N° 19.640; artículos 1 y 4, 50 y siguientes de la ley N° 20.000; artículos 1, 11 N° 6 y 9; 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 30, del Código Penal y artículo 340, 390 y siguientes del Código Procesal Penal: 1.-Que se hace lugar al requerimiento en que devino la acusación, promovida por el ministerio público, solo en cuanto se condena a Marcos Antonio Valencia Lara, ya individualizado, como autor del delito de tráfico de sustancias sicotrópicas previsto en el artículo 4 de la ley 20.000, perpetrado el día 5 de diciembre de 2019 en esta ciudad, a cumplir una pena de doscientos días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo e la condena, al pago de una multa de siete unidades tributarias mensuales y comiso, sin costas, por haber aceptado los hechos. XCTXQTXXYD Federico Eugenio Gutierrez Salazar Juez de garantía Fecha: 07/08/2020 12:42:20 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP
Texto Completo (Preview)
Temuco, veinte de julio de dos mil veinte. Vistos y oído: Se tuvo por acreditado que el día 5 de diciembre de 2019 funcionarios policiales en una pesquisa por infracción a la ley 20.000 efectuaron un control de identidad a Marcos Antonio Valencia Lara, cédula de identidad Nº 15.260.973-6, nacido el día 2 de febrero de 1977, vendedor, domiciliado en calle Río Miño N° 401, Temuco, constatando que p
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica