C/ CHRISTOPHER EDUARDO RAVELO SILVA
Rol
O-1090-2019
Fecha
30 de julio de 2020
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente; HECHOS “El día 26 de febrero de 2019, en horas de la mañana, en circunstancias que la víctima de sexo femenino, de iniciales M.D.C.R.B., caminaba por la vía pública, por el sector de calle Chiloé con calle Lacao, comuna de San Joaquín, fue interceptada por el imputado CHRISTOPHER EDUARDO RAVELO SILVA quien la tomó por el cuello por atrás, tapándole la boca con una mano, tirándola al piso, iniciándose un forcejeo para quitarle a la víctima su cartera, ocasionándole a ésta un edema y una herida lineal de un centímetro en un dedo de la mano izquierda y una equimosis en el tríceps, de carácter leve, logrando así quitarle la cartera, que contenía dinero en efectivo en pesos chilenos, 7 dólares, documentación y llaves, todo con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueña, momento en que apareció otro sujeto que acompañaba a RAVELO SILVA quien intentó arrebatarle un bolso que portaba la víctima, no logrando la sustracción de esa especie, huyendo ambos sujetos con la cartera y su contenido. Posteriormente, a las 16.00 horas aproximadamente, en el sector de calle Vecinal con calle Chonchi, comuna de San Joaquín, el imputado CHRISTOPHER EDUARDO RAVELO SILVA fue detenido portando y teniendo en su poder los 7 dólares sustraídos a la víctima, un bastón retráctil y 11 envoltorios con clorhidrato de cocaína, con un peso bruto de 11 gramos, peso neto 0.7 gramos, para su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo, no contando con la autorización competente.” XQTBQPTXZX GRACIEL ALEJANDRA MUÑOZ TAPIA Juez de garantía Fecha: 30/07/2020 19:15:38 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 14, 11, 15, 29, 436 inciso I del Código Penal; artículos 406, 407 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 17 de la Ley 19.970; se declara: I.- Que se condena a CHRISTOPHER EDUARDO RAVELO SILVA, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria del artículo 29 del Código Penal, esto es, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, registro de la huella genética del imputado en el Registro de Condenados, comiso de las especies incautadas, todo esto como autor del delito de ROBO CON VIOLENCIA, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso I del Código Penal por los hechos acaecidos el día 26 de febrero de 2019, en la comuna de San Joaquín. II.- Que, la pena deberá ser de cumplimiento efectivo, respecto de lo cual se considerará como abono el tiempo que ha permanecido privado de libertad ininterrumpidamente por la presente causa, esto es, desde el día 27 de febrero de 2019 a la fecha. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, una vez que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. Las partes renuncian a los plazos legales.- Se tiene por ejecutoriada la presente sentencia. RIT : 1090 - 2019 RUC : 1900218725-9 Dictada por doña GRACIEL ALEJANDRA MUÑOZ TAPIA,
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PODER JUDICIAL 12º JUZGADO DE GARANTIA SANTIAGO RESUMEN: RIT : 1090 - 2019 RUC : 1900218725-9 MATERIA : ROBO CON VIOLENCIA IMPUTADO : CHRISTOPHER EDUARDO RAVELO SILVA CDI N° : 18.695.799-7 DOMICILIO : PASAJE DOCCA Nº 248, SAN JOAQUIN FISCAL : DENYS PAVEZ FARIAS DEFENSOR : FERNANDA FIGUEROA DIAZ ATENUANTES : ARTÍCULO 11 N° 9 DEL CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : NO CONCURREN RESOLUCIÓN : PROCEDIMIENTO ABRE
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