Juzgado de Letras del Trabajo de Calama

CALVIMONTES/THESAN CHILE S.P.A.

Rol

O-183-2020

Fecha

25 de septiembre de 2020

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OIDO: La parte demandante don Dayler Calvimontes Quispe, Cédula Nacional de Identidad N° 24.328.456-2, representado por el abogado don José Luis Ossandón Ossandón y las partes demandadas solidarias HANWHA Q-CELL SPA., RUT 76.364.596-7, representada por el abogado don Juan Pablo Cabezón Otero y CHILE SOLAR JV SPA., RUT 76.844.882-5, representada en esta audiencia por la abogada doña Paula Andrea González Díaz, todos ya individualizados en autos, han arribado a la siguiente conciliación en audiencia preparatoria: 1. Las partes demandadas solidarias, sin reconocimiento de los hechos contenidos en la demanda, y con el sólo ánimo de poner término al presente juicio, se obligan pagar al demandante don Dayler Calvimontes Quispe, la suma de $ 1.000.000.-, por cada demandado solidario, por cuanto el pago total asciende a la suma de $2.000.000.- (DOS MILLONES DE PESOS), suma que incluye todos los conceptos demandados, tanto los reconocidos como no reconocidos. 2. El monto es aceptado por la parte demandante y se pagará en una cuota, mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente del abogado demandante don José Luis Ossandon Ossandon, Cédula Nacional de Identidad N° 14.562.288-3, cuenta del Banco Falabella N° 10370021370, correo electrónico jose.ossandon@cajta.cl. La parte demandante deberá dar cuenta al tribunal dentro de tercero día del pago efectivo del mismo, bajo apercibimiento de archivo definitivo de los antecedentes. 3. El incumplimiento de lo pactado hará que la presente causa pase a la unidad de cumplimiento del tribunal, y el juez podrá incrementar los montos hasta en un 150%. 4. Las partes se otorgan el más amplio y completo finiquito respecto de todas las obligaciones de cualquier índole que pudieran afectarles, declarando que no tienen cargos ni cobro alguno que deban formular. La presente declaración se hace en forma libre, voluntaria y sin presión alguna, con expreso conocimiento de sus derechos y sin hacer reserva alguna. 5. Cada parte pag

Fundamentos

considerando reajustes e intereses. V.- Que en atención de lo declarado anteriormente, el demandado principal THESAN CHILE SPA, deberá pagar al demandante, las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a) remuneración convenida desde el 01 de febrero al 23 de abril de 2020, ascendente a $2.709.800 (dos millones setecientos nueve mil ochocientos pesos). b) feriado proporcional desde el 13 de enero al 23 de abril de 2020, ascendente a $201.439 (doscientos un mil cuatrocientos treinta y nueve pesos). c) indemnización sustitutiva del aviso previo ascendente a $979.446 (novecientos setenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta y seis pesos). VI.- Que del total de las sumas señaladas en el punto anterior, debe ser descontada la suma de $2.000.000.-, correspondiente a la conciliación arribada con las demandas solidarias y que fueron comprometidas de pago. VII.- Que las sumas adeudas deberán ser pagadas con reajustes e intereses. VIII.- Que la demandada principal deberá asumir las costas por haber sido totalmente vencida. Las partes quedan notificadas en este acto de todo lo resuelto, personalmente y por el estado diario. Regístrense y archívense los antecedentes. El fundamento de lo resuelto y la audiencia constan íntegramente en el respaldo de audio del tribunal. Siendo las 09.20 horas, se pone término a la presente audiencia. RIT : O-183-2020.- RUC : 20-4-0283921-0.- Dirigió la audiencia y resolvió doña: Johanna Carola Pizarro Veliz, Jueza Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Calama.

Fallo

se declara: Que se acoge la demanda de despido indirecto, nulidad del despido y cobro de indemnizaciones y prestaciones, presentada por don Dayler Calvimontes Quispe, Cédula Nacional de Identidad N° 24.328.456-2, en contra de la empresa THESAN CHILE SPA y en consecuencia se declara lo siguiente: I.- Que entre el 13 de enero y el 23 de abril de 2020 existió una relación laboral entre el demandante y la demandada principal THESAN CHILE SPA. II.- Que con fecha 23 de abril de 2020 se ha producido el término de la relación laboral que unía al demandante con la demandada principal THESAN CHILE SPA. III.- Que tal término se ha producido por haber incurrido la demandada principal, THESAN CHILE SPA, en la causal séptima del artículo 160 del Código del Trabajo, esto es, por "incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo". IV.- Que la demandada principal THESAN CHILE SPA, adeuda el pago de las cotizaciones previsionales y de seguridad social obligatorias respecto de los períodos indicados en la relación circunstanciada de los hechos, 13 de enero al 23 de abril del año 2020, por lo que se declara la nulidad del auto despido de conformidad a lo dispuesto en los incisos quinto, sexto y séptimo del artículo 162 del Código del Trabajo, y en consecuencia se condena al demandado THESAN CHILE SPA, al pago de las referidas cotizaciones en la Administradora de Pensiones MODELO, en la Administradora de Fondos de Cesantía y en el Fondo nacional de Salud; En razón de lo

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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 25/09/2020 RUC 20- 4-0274385-K RIT O-183-2020 MAGISTRADO Johanna Carola Pizarro Veliz ADMINISTRATIVO DE ACTAS Emmily Rodríguez Carrillo HORA DE INICIO 08.30 HORA DE TERMINO 09.20 Nº REGISTRO DE AUDIO 2040274385-K-1350 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE Dayler Calvimontes Quispe, Cédula Nacional de Identidad N° 24.328.456-2

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