Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz.

MP C/ ANTONIO HURTADO OROZCO

Rol

O-59-2019

Fecha

27 de julio de 2020

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 18 de marzo de 2018, a las 17:30 horas aproximadamente, don ANTONIO HURTADO OROZCO, se dirigió hasta la casa ubicada en avenida Diego Portales, s/n de Chépica, de propiedad de doña Lita Vásquez Saavedra, saltó la reja del jardín, de 1,70 aproximado, logrando acceder a la parte frontal de la casa, desde donde tomó la bicicleta de doña Lita, marca Iahsen, de color rosado, aro 26, avaluada en 100.000 pesos, la cual cargó, y saltó hasta la calle, huyendo montado en la bicicleta” (Sic). Estos hechos fueron calificados por el Ministerio Público como un delito de ROBO EN LUGAR HABITADO, prescrito y sancionado en el artículo 440 N°1, atribuyéndose participación al acusado en RAFAEL ANDRES ESCALANTE ORTEGA Juez Integrante Fecha: 27/07/2020 15:05:31 Rodrigo Higinio Gomez Marambio Juez Redactor Fecha: 27/07/2020 15:23:54 WXLBQMKQHV Paulina Maria Alejandra Delgado Barriga Juez Presidente Fecha: 27/07/2020 16:32:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Santa Cruz 2 calidad de autor, encontrándose consumado el ilícito. Sostuvo también que en la especie no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Por todo lo anterior, requirió se condene al acusado Antonio Hurtado Orozco a la pena de 8 años de presidio mayor en su grado mínimo, más accesorias legales del artículo 28 del Código Penal y las costas de la causa, según el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. Ya en el juicio, en su alegato de apertura, el fiscal sostuvo como cuestión p

Fundamentos

considerando tanto la declaración prestada por al acusado en el juicio, en la que confesó en forma pura y simple el delito y su autoría, como la actitud de su Defensa, en torno a no controvertir dichos elementos ni levantar cuestionamiento alguno a la prueba de cargo aportada, lo que se vio reafirmado al establecer expresamente los hechos de la acusación como no controvertidos. Todo ello permitió al Ministerio Público alivianar su carga probatoria y al Tribunal adquirir una segura convicción de condena. DÉCIMO: Determinación de las penas y su forma de cumplimiento. Conforme se ha expuesto anteriormente, se estableció la autoría directa del acusado en un delito consumado de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, que el artículo 442 del Código Penal castiga con la pena de presidio menor en sus grados medio a máximo. Teniendo ese grado de participación criminal y de ejecución del ilícito, las penas señaladas son las que corresponde imponer a Hurtado, conforme lo dispuesto en el artículo 50 de ese código. A su vez, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 449 del mismo estatuto y la concurrencia de una atenuante en favor del acusado, la pena se fijará en su mínimo legal, apreciando, además, que la especie sustraída fue recuperada prácticamente en forma inmediata y no se acreditaron mayores perjuicios contra las víctimas. A dicha sanción se agregará la accesoria general del artículo 30 del mismo código y el pago de las costas de la causa, teniendo presente lo dispuesto en los artículos 24 de ese cuerpo normativo y 47 del Código Procesal Penal, reglas que resultan de aplicación imperativa para el caso de condena y toda vez que no se esgrimió una razón o fundamento para su eximición. En cuanto a la forma de cumplimiento de la referida pena corporal, se tendrá en cuenta que el RAFAEL ANDRES ESCALANTE ORTEGA Juez Integrante Fecha: 27/07/2020 15:05:31 Rodrigo Higinio Gomez Marambio Juez Redactor Fecha: 27/07/2020 15:23:54 WXLBQMKQHV Paulina Maria Alejandra Delgado Barriga Juez Presidente Fecha: 27/07/2020 16:32:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Santa Cruz 12 encartado permaneció privado de libertad en forma cautelar por esta causa diversos periodos, a saber: primero sometido a arresto domiciliario parcial de 12 horas, desde el 19 de marzo de 2018 hasta el día 28 de febrero de 2019; luego en prisión preventiva desde el 25 de noviembre de 2019 hasta el 25 de mayo de 2020; y, finalmente, otra vez con arresto parcial en su domicilio desde

Fallo

Por tanto, el acusado ingresó al antejardín de una casa, hechos que acreditan el delito de robo en lugar no habitado antes indicado. A su vez, en el alegato de cierre indicó que estimaba que con la declaración del imputado y el dueño de casa fue acreditado que el día 18 de marzo de 2018, mediante el escalamiento de un cierre perimetral, el imputado ingresó al antejardín de una casa, el que era bastante amplio, como dijo el afectado, y desde un lugar que no estaba cerca de la casa habitación sustrajo una bicicleta y posteriormente salió por el mismo lugar, de lo que se dan cuenta las víctimas, quienes lo siguen y momentos después es detenido y recuperada la especie. A su juicio, por las características de la casa habitación, no hubo riesgo para las personas, tal como RAFAEL ANDRES ESCALANTE ORTEGA Juez Integrante Fecha: 27/07/2020 15:05:31 Rodrigo Higinio Gomez Marambio Juez Redactor Fecha: 27/07/2020 15:23:54 WXLBQMKQHV Paulina Maria Alejandra Delgado Barriga Juez Presidente Fecha: 27/07/2020 16:32:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaof

Texto Completo (Preview)

Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Santa Cruz 1 SENTENCIA DEFINITIVA Santa Cruz, veintisiete de julio de dos mil veinte. PRIMERO: Individualización de los intervinientes. Ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz, constituido por los jueces Paulina Delgado Barriga -quien fue Presidenta de Sala-, Rafael Escalante Ortega y Rodrigo Gómez Marambio, se llevó a efecto

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