MELIPIL/GENERICA SEGURIDAD INTEGRAL LTDA
Rol
O-470-2020
Fecha
24 de septiembre de 2020
Materia
Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Gratificaciones legales, Horas extras, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
hechos pertinentes sustanciales ni controvertidos, el Tribunal no recibe la causa a prueba y procede a dictar sentencia de inmediato. SENTENCIA: Tribunal Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Fecha 24 de septiembre de dos mil veinte. RIT 0-470-2020 Caratulado “MELIPIL CHEUQUEMILLA, CHELINDA KALLFURAYEN con GENÉRICA SEGURIDAD INTEGRAL LTDA. Y FARMACIAS CRUZ VERDE S.A Tipo de procedimiento Ordinario Parte demandante y domicilio CHELINDA KALLFURAYEN MELIPIL CHEUQUEMILLA cédula de identidad n° 16.850.626-0; domiciliado en os Queltehues 235, PUENTE ALTO, dpto 12B Abogado demandante CARLA ANDREA GONZÁLEZ RETAMAL, cédula de identidad 10.583.193-5 Parte demandada y domicilio GENERICA SEGURIDAD INTEGRAL LTDA Rut 76.550.344-2, representado por doña MARIELA CAROLINA SEPÚLVEDA ASTETE.; ambos domiciliados en GENERAL BUSTAMENTE 30 OFICINA 61, PROVIDENCIA. Conforme a lo dispuesto en el artículo 62 del Acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, de la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. Y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 161, 453 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que se hace lugar a la demanda interpuesta por CHELINDA KALLFURAYEN MELIPIL CHEUQUEMILLA en contra de su ex empleador GENERICA SEGURIDAD INTEGRAL LTDA y se declara que el despido 2 de octubre de 2019 es injustificado, motivo por el cual la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones: 1) La suma de $581.400 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2) La suma de $1.162.800 por concepto de indemnización por 2 años de servicio, más el recargo legal del 30% equivalente a $348.840. 3) La suma de $712.215 por concepto de feriado legal y proporcional. 4) La suma de $1.643.460 por concepto de horas extraordinarias. 5) La suma de $1.655.500 por concepto de diferencia
Fundamentos
fundamentos de la demanda, ofrece pagar a la demandante, doña CHELINDA KALLFURAYEN MELIPIL CHEUQUEMILLA, cédula de identidad N°16.850.626-0, la suma única y total de $2.200.000 (dos millones doscientos mil pesos), monto que se pagará a más tardar el día 16 de octubre del año 2020, mediante transferencia electrónica o deposito a la cuenta vista de la demandante N° 0070503202-12 del Banco CrediChile a nombre de doña CHELINDA KALLFURAYEN MELIPIL CHEUQUEMILLA, rut 16.850.626-0, correo electrónico chelymelipilch@gmail.com, debiendo la parte demandada dar cuenta de su cumplimiento al Tribunal, dentro de tercero día, acompañando el respectivo comprobante de pago. Se deja constancia que FARMACIAS CRUZ VERDE S.A realiza el pago por subrogación de la demandada GENERICAS SEGURIDAD INTEGRAL LTDA. 2. La parte demandante acepta la suma ofrecida y la forma en que se efectuará el pago. 3. Las partes se otorgan el más amplio, completo y recíproco finiquito, declarando que nada se adeudan por concepto alguno, salvo las obligaciones que emanan de la presente conciliación. 4. Cada parte pagará sus costas. El Tribunal tiene presente el acuerdo conciliatorio, otorgándole el carácter de sentencia ejecutoriada para todos los efectos legales. Regístrese, y archívense los autos en su oportunidad. Se deja constancia que la presente acta se firmará solamente por el Juez que dirige la audiencia, en atención a que por la contingencia sanitaria nacional la audiencia ha sido realizada vía plataforma Zoom, siendo físicamente imposible la firma de las partes que asistieron a la misma.
Fallo
se resuelve: I. Que se hace lugar a la demanda interpuesta por CHELINDA KALLFURAYEN MELIPIL CHEUQUEMILLA en contra de su ex empleador GENERICA SEGURIDAD INTEGRAL LTDA y se declara que el despido 2 de octubre de 2019 es injustificado, motivo por el cual la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones: 1) La suma de $581.400 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2) La suma de $1.162.800 por concepto de indemnización por 2 años de servicio, más el recargo legal del 30% equivalente a $348.840. 3) La suma de $712.215 por concepto de feriado legal y proporcional. 4) La suma de $1.643.460 por concepto de horas extraordinarias. 5) La suma de $1.655.500 por concepto de diferencias de gratificación legal. Las cantidades indicadas lo serán con los reajustes e intereses contemplado en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo según corresponda. II. La demandada deberá pagar las cotizaciones de seguridad social en la AFP MODELO, AFC CHILE y FONASA por el periodo correspondiente al 4 de enero de 2018 al 2 de octubre de 2019, en base a una remuneración ascendente a $581.400. Ofíciese en su oportunidad a las instituciones indicadas a fin de que inicien las acciones de cobro. III. La demandada deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del despido ocurrido el 2 de octubre de 2019 hasta la fecha en que el empleador convalide el despido pagando las cotizaciones de seguridad social señaladas en el numeral anterior,
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 24 DE SEPTIEMBRE DE 2020 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA SALA VIRTUAL 13 RUC 20- 4-0245550-1 RIT O-470-2020 MAGISTRADO YELICA MONTENEGRO GALLI ADMINISTRATIVO DE ACTAS PAULINA URRA MONTERO HORA DE INICIO 10:32 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:44 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2040245550-1-1349-
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